Última revisión
10/05/2024
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID (47000595011982) de Valladolid
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
RESOLUCIÓN DE 30 DE ABRIL DE 2024 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DE LA REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DE 2024 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO DE LA VID PARA LA PROVINCIA DE VALLADOLID (Boletín Oficial de Valladolid num. 90 de 10/05/2024)
Vista la documentación relativa a la revisión de las tablas salariales de 2024 del convenio colectivo de la industria y el comercio de la vid para la provincia de Valladolid, acordada el día 10 de abril de 2024 por la comisión negociadora, integrada por los representantes de los empresarios y de los trabajadores del sector en la provincia de Valladolid, con fecha de entrada en este Organismo a través del Registro Telemático de Convenios, el día 25/04/2024, y una vez subsanada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y la ORDEN PRE/813/2022, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, con relación a lo dispuesto en el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Oficina Territorial de Trabajo,
ACUERDA
Primero. - Inscribir la revisión de las tablas salariales de 2024 del convenio colectivo de la industria y el comercio de la vid para la provincia de Valladolid en el correspondiente registro de este Organismo, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo. - Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero. - Depositar un ejemplar en este Organismo.
De conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas, frente a la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá presentarse recurso de alzada ante la Delegada Territorial de la Junta de castilla y León en Valladolid en el plazo de un mes.
En Valladolid, a 30 de abril de 2024.-La Jefa de la Oficina Territorial de Valladolid.- Fdo.: María Belén de la Iglesia Freile.
ACTA DE REVISIÓN DE TABLAS SALARIALES 2024 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO DE LA VID PARA LA PROVINCIA DE VALLADOLID PARA ADECUARLAS AL SALARIO MININO INTERPROFESIONAL
En Valladolid siendo las 10.00 horas del día 10 de abril de 2024, en la sede de la CONFEDERACION VALLISOLETANA DE EMPRESARIOS (CEOE VALLADOLID), se reúnen la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo ?Industria y Comercio de la Vid? al objeto de ACTUALIZAR LOS GRUPOS PROFESIONALES QUE ESTÁN POR DEBAJO DEL SMI EN CÓMPUTO ANUAL.
En representación de los trabajadores comparecen:
CC.OO:
? Jesús Emilio Izquierdo Heras
? Fernando Santos Cabeza
UGT:
? Juan Carlos García Serrano
? Pedro Méndez Zamora
Por la representación de la parte empresarial:
ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE VINO DE VALLADOLID
? Francisco Javier Andrés Abad
? José Fernández Rodríguez
CONFEDERACIÓN VALLISOLETANA DE EMPRESARIOS (CEOE VALLADOLID)
? María José González Romo
? María Blanca López Lozano
Con carácter previo se establece la capacidad y legitimación de esta Comisión Negociadora para proceder a la actualización salarial de los grupos profesionales que, con la publicación del SMI para el año 2024, han quedado por debajo de la cuantía anual establecida.
Real Decreto 145/2024 de 6 de febrero fija el SMI para el año 2024, en su artículo 3 establece:
A efectos de aplicar el último párrafo del artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto a compensación y absorción en cómputo anual por los salarios profesionales del incremento del salario mínimo interprofesional, se procederá de la forma siguiente:
1. La revisión del salario mínimo interprofesional establecida en este real decreto no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.
A tales efectos, el salario mínimo en cómputo anual que se tomará como término de comparación será el resultado de adicionar al salario mínimo fijado en el artículo 1 de este real decreto los devengos a que se refiere el artículo 2, sin que en ningún caso pueda considerarse una cuantía anual inferior a 15.876 euros.
El Convenio Colectivo de la Industria y el Comercio de la Vid para la provincia de Valladolid tiene 15 pagas, con lo que hay que comprobar si el cómputo anual establecido en el convenio colectivo para los distintos grupos profesionales es inferior al SMI anual para el año 2024 (15.876?).
En virtud de lo anterior los grupos profesionales que en el año 2024 están por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI) son:
(TABLA OMITIDA. VER PDF)
La comisión negociadora del Convenio de la Industria y Comercio de la Vid acuerdan delegar en Doña Vanesa Pérez Rodríguez D.N.I.: 12****69-V la tramitación del registro telemático de esta Acta
Se concluye la sesión siendo las 10.45 horas, levantándose la presente Acta, que en prueba de conformidad firmaron las partes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
CC.OO UGT
ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE VINO DE VALLADOLID
CEOE VALLADOLID
