Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
04/11/2024

Revisión, Corrección. Convenio Colectivo de Sector de FABRICAS DE PAN (28003035011981) de Madrid

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del acuerdo de modificación del convenio colectivo del Sector de Fábricas de Pan (código número 28003035011981) (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 262 de 02/11/2024)

Examinado el Acuerdo de Modificación del Convenio Colectivo del Sector de Fábricas de Pan, de 11 de octubre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicho Acuerdo de Modificación, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 22 de octubre de 2024.?La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE FÁBRICAS DE PAN

ASISTENTES

Por parte de CEOPPAN (Confederación Española de Panadería, Pastelería, Bollería y Afines);

 José María Fernández del Vallado de la Serna

 Alberto López de Luis

En representación de CCOO Industria Madrid:

 Carlos Paraíso Pareja

En representación de UGT FICA Madrid:

 Roberto Juan Villa Hurtado

En Madrid, a 11 de octubre de 2024, siendo las 10:00 horas, se reúnen en los locales de CC. OO. de calle Lope de Vega, número 38, sexta planta, las personas al margen señaladas que actúan en Representación de las Organizaciones Sindicales y Empresariales que en el mismo se identifican, con el siguiente Orden del día:

Que, actuando en representación de las organizaciones sindicales y empresariales que en el mismo se identifican y teniendo capacidad y legitimación suficiente para la firma de acuerdos colectivos de eficacia general de conformidad a lo establecido en los artículos 87 y ss. del Estatuto de los Trabajadores, llegan a los siguientes

ACUERDOS

Las partes acuerda la modificación del convenio colectivo del sector de fábricas de Pan de la Comunidad de Madrid, relativa a las tablas salariales, en los siguientes términos:

Que, revisadas las tablas salariales por las partes, hemos comprobado que el salario bruto anual recogido en la publicación del convenio colectivo de fecha 21/09/2024 no se corresponde con el salario bruto anual adecuada, por lo que se procede mediante el presente acuerdo a determinar las cuantías adecuadas, siendo estas las tablas salariales correctas

Se autoriza a Carlos Paraíso Pareja, a proceder a los trámites necesarios de registro, depósito y publicación de esta modificación convenio colectivo vía telemática ante el REGCON.

TABLAS SALARIALES 2024 - 2025

(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)