Convenio Colectivo de Sec...de Cáceres

Última revisión
18/12/2025

Revisión, Corrección. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (10000245011982) de Cáceres

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 18 de Diciembre de 2025 en adelante

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 17 de julio de 2025, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Paritaria del "Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia" en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificación de las tablas salariales de 2025 del citado convenio, las cuales fue (Diario Oficial de Extremadura num. 243 de 18/12/2025)

Visto el texto del Acta, de fecha 17 de julio de 2025, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia (código de convenio 10000245011982), en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificación de las tablas salariales de 2025 del citado convenio, las cuales fueron publicadas en el DOE de 17 de junio de 2025.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 5 de diciembre de 2025.

La Directora General de Trabajo,

PILAR BUENO ESPADA

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS PARA CÁCERES Y SU PROVINCIA

Asistentes:

UGT FICA Extremadura

D.ª Laura Méndez Castaño

CCOO INDUSTRIA Extremadura

D. Jesús Martín Cabeza

Federación Empresarial Cacereña

D. Pedro Rosado Alcántara

Federación Empresarial Placentina

D. José Luis Iglesias Sánchez

En Cáceres, siendo las 9:00 horas del día 17 de julio de 2025, se reúnen en los salones de reuniones de la FEC los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las industrias siderometalúrgicas para la provincia de Cáceres, con la asistencia de las personas al margen relacionadas, con el fin de proceder a la subsanación de los errores detectados en las tablas salariales firmadas el pasado 22 de mayo de 2025 por esta comisión paritaria y publicadas el 17 de junio de 2025 en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).

Orden del día:

1. Subsanación de error en las tablas salariales.

El error detectado se limita a las tablas salariales de 2025 correspondientes a las categorías de Peón, Especialista, Mozo especializado en almacén, Oficial de Primera, Oficial de Segunda y Oficial de Tercera, de modo que donde dice:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

Debe decir:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

Acuerdos adoptados:

- Se acuerda proceder a la subsanación de los errores señalados, con el fin de corregir la base de cálculo de las categorías mencionadas.

- Las correcciones realizadas serán remitidas para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), a fin de que las tablas salariales modificadas tengan plena validez y reflejen los datos correctos.

Se adjuntan tablas salariales definitivas correspondientes a 2025 para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Se faculta a Laura Méndez Castaño con DNI ***6859** para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.

Se levanta la sesión siendo las 11:00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada organización.

Por UGT FICA Extremadura,

DÑA. LAURA MÉNDEZ CASTAÑO

CCOO INDUSTRIA Extremadura,

D. JESÚS MARTÍN CABEZA

Federación Empresarial Placentina,

D. JOSE LUIS IGLESIAS SÁNCHEZ

Federación Empresarial Cacereña,

D. PEDRO ROSADO ALCÁNTARA