Última revisión
27/05/2024
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de SECTOR TAURINO (99001985011988) de BOE
Sector Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante
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Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican la modificación y actualización de las tablas salariales de 2024 del VI Convenio colectivo nacional taurino. (Boletín Oficial del Estado num. 128 de 27/05/2024)
Visto el texto del Acta en la que se acuerda la modificación y actualización de las tablas salariales para el año 2024 del VI Convenio colectivo nacional taurino (código de convenio número 99001985011988), Acta que fue suscrita con fecha 23 de febrero de 2024, de una parte por la Asociación Nacional de empresas organizadoras de espectáculos taurinos (ANOET), firmante del Convenio en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FESMC-UGT, CC.?OO.-Servicios a la Ciudadanía, Unión de Toreros (UT), Unión Nacional de Picadores y Banderilleros Españoles (UNPBE), Asociación Nacional de Mozos de Espadas (ASNAME), en representación del colectivo laboral afectado, y que ha sido finalmente subsanada mediante Acta de 24 de abril de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la mencionada Acta de modificación del Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de mayo de 2024.-La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VI CONVENIO COLECTIVO NACIONAL TAURINO CELEBRADA EL 24 DE ABRIL DE 2024
Asistentes:
I. Por la representación empresarial: Mar Gutiérrez López.
II. Por la representación social:
- FESMC-UGT Sector Comunicaciones y Cultura: Rubén José García García.
- CC.?OO. Servicios a la Ciudadanía/Medios de Comunicación, Artes Cultura Ocio y Deporte: Javier Agudo García.
Asisten igualmente:
- Unión de Toreros: Iñigo Fraile Jiménez de Muñana.
- Unión Nacional de Picadores y Banderilleros Españoles: David Prados Martín.
- Asociación Nacional de Mozos de Espadas: José Luis Corredera Rivas.
No comparece, pese a haber sido convocado, ningún representante de ASPROT.
En Madrid, siendo las 13:30 horas del día 24 de abril de 2024, por medio de videoconferencia, se reúnen las personas arriba reseñadas, en representación de sus respectivas Organizaciones, para tratar los siguientes asuntos:
Único. Modificación y actualización de la tabla salarial para el año 2024 del VI Convenio colectivo nacional taurino. Localizador MO_XM14LG21 (99001985011988).
La Comisión Negociadora se reúne para modificar y actualizar las tablas salariales para el año 2024 del del VI Convenio colectivo nacional taurino, que fue publicada en el BOE el 27 de enero de 2024 por Resolución de 16 de enero de 2024 de la Dirección General de Trabajo, por la cual se procede a incluir por parte de dicha Comisión negociadora la tabla (actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses cada uno), que por error se omitió en la publicación inicial de la misma.
Ambas representaciones acuerdan delegar y facultar a don Rubén José García García para que realice, ante la Autoridad laboral competente los trámites previstos en el artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/20151995, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de trabajo, el cual una vez efectuada la tramitación correspondiente, deberá dar cuenta de la misma a las respectivas representaciones de la empresa y trabajadores.
Para evitar la fragmentación de las tablas en distintos textos, se adjuntan las tablas salariales completas de 2024 que son idénticas a las ya publicadas con la excepción de la modificación acordada en el párrafo anterior y su correspondiente repercusión en los honorarios de los banderilleros, que son el colectivo afectado por la misma, dado que en las tablas solo se recogen el salario conjunto de la cuadrilla:
Actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses cada uno
(CUADRO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
Picadores y Banderilleros
Con matadores de toros en corridas de toros con dos matadores cuando se lidian 3 reses cada uno
(CUADRO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
Y sin más asuntos que en prueba de conformidad de cuanto antecede, suscriben la presente acta a las 14,00 horas en el lugar y fecha al principio indicados.
ANEXO
TABLAS SALARIALES COMPLETAS 2024
(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
