Convenio Colectivo de Sec...de Bizkaia

Última revisión
25/06/2018

Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de PANADERIAS (48001785011981) de Bizkaia

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 25 de Junio de 2018 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 58-59)

Resolución del Delegado Territorial de Trabajo, y Seguridad Social de Bizkaia del Departamento de Trabajo y Justicia, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Acuerdo de Ampliación de la Ultraactividad del Convenio Colectivo del sector Panaderías de Bizkaia (código de convenio 48001785011981). (Boletín Oficial de Bizkaia num. 121 de 25/06/2018)

Antecedentes

Por vía telemática se ha presentado en esta delegación el acuerdo citado, suscrito por la representación patronal y por la representación sindical.

Fundamentos de derecho

Primero: La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre («BOE» de 24 de octubre de 2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 15.1.h del Decreto 84/2017, de 11 de abril («BOPV» de 21 de abril de 2017) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero, («BOPV» de 15 de febrero de 2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo («BOE» de 12 de junio de 2010) sobre registro de convenios colectivos.

Segundo: El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero: Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Bizkaia del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

En Bilbao, a 1 de junio de 2018.-El Delegado Territorial de Bizkaia, Josu de Zubero Olaechea

ACUERDO DE PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE PANADERÍAS DE BIZKAIA 2010-2014

Por decisión mayoritaria de la Comisión negociadora del nuevo Convenio Colectivo de Panaderías de Bizkaia, adoptada con el voto favorable de la representación empresarial en ella, y el de la mayoría de la representación social, como consta en el acta de la sesión de la que este acuerdo constituye su anexo, se ha acordado al amparo del artículo 86.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores modificar el artículo 2 (vigencia y duración) del Convenio colectivo de Panaderías de Bizkaia 20102014 que, según su artículo 2, se extendía durante 18 meses a partir del final de la vigencia pactada, y que fue ampliada hasta el 31 de diciembre de 2016, de forma que estará vigente hasta la firma del nuevo convenio colectivo que lo sustituya.

CCOO, UGT, LAB y Asociación Provincial de Fabricantes y Expendedores de Pan de Bizkaia