Convenio Colectivo de Sec...de Navarra

Última revisión
10/03/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de FABRICANTES Y EXPENDEDORES DE PAN (31005305011981) de Navarra

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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RESOLUCIÓN 32C/2026, de 23 de febrero, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2026 y 2027 del Convenio Colectivo de fabricantes y expendedores de pan de Navarra. (Boletín Oficial de Navarra num. 50 de 10/03/2026)

Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2026 Y 2027 del Convenio Colectivo de fabricantes y expendedores de pan de Navarra (código número 31005305011981), que ha tenido entrada en este Registro con fecha 16 de febrero de 2026, suscrito con fecha 6 de febrero de 2026 por la representación empresarial y sindical.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo,

RESUELVO:

Primero.?Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.

Segundo.?Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 23 de febrero de 2026.?El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.

CONVENIO COLECTIVO DE FABRICANTES Y EXPENDEDORES DE PAN DE NAVARRA

En Pamplona, siendo las 13 horas del día 6 de febrero de 2026, se reúne la Mesa Negociadora del Convenio de fabricantes y expendedores de pan de Navarra (código de convenio 31005305011981, integrada por las Entidades y Representantes que a continuación se señalan:

?Por la Asociación de Empresarios Fabricantes y Expendedores de Pan de Navarra:

Don Javier San Miguel Inza y don Enrique Vega Romero.

?Por la Central Sindical U.G.T.: Don José Manuel Blanco.

?Por la Central Sindical CC.OO.: Doña Eva Ciaurriz Noain.

EXPONEN:

I.?Las partes abajo firmantes se reconocen la legitimación precisa para este acto por ser las firmantes del texto del Convenio Colectivo en vigor en este momento.

II.?Conocidos los datos de la variación de los índices de precios al consumo con incidencia en la primera revisión salarial del convenio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del texto del Convenio Colectivo ha resultado necesario revisar y actualizar los salarios de tablas de convenio con efectos de 1 de enero de 2026. Así mismo, conocidos los datos precisos para elaborar las tablas correspondientes al año 2027, también se formalizan.

Abierto el acto, se da cuenta de las tablas correspondientes.

ACUERDAN:

Primero.?A la vista del resultado del IPC de los años 2023, 2024 y 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 y concordantes del Convenio Colectivo, procede la actualización de las tablas salariales del convenio.

En consecuencia, la representación de la Asociación de Empresarios Fabricantes y Expendedores de Pan de Navarra y las Centrales Sindicales UGT y CCOO aprueban y suscriben las tablas salariales del Convenio Colectivo de Fabricantes y Expendedores de Pan de Navarra (código de convenio 31005305011981), que tendrán vigencia desde el 1 de enero de 2026, y que se adjuntan como anexo I al presente acuerdo.

El incremento aplicado resulta de la aplicación de un 3,55% sobre las tablas salariales del año 2025, una vez actualizadas estas con la desviación del IPC de ejercicios anteriores, así como con el incremento del 2% pactado para el año 2026.

Asimismo, constatado que el incremento salarial pactado para el ejercicio 2027 se establece de manera fija en un 2%, sin perjuicio de su eventual revisión en el año 2028, se aprueban igualmente las tablas salariales correspondientes al citado ejercicio 2027 (Anexo II).

Segundo.?En cumplimiento de lo preceptuado en el Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, la presente acta y las tablas se remiten a la Autoridad Laboral competente a efectos de su conocimiento y expresa petición de que se disponga lo necesario para su registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, extendiéndose la presente Acta que se firma por los asistentes en prueba de conformidad, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

ANEXO I.?ACTUALIZACIÓN CONVENIO DE PANADERÍA 2026

Tabla salarial del convenio de panaderías de Navarra.

Período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)