Última revisión
27/02/2026
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA Y AGENCIAS DE TRANSPORTE (01001295011981) de Álava
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante
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Tablas salariales 2026 del convenio colectivo extra estatutario para la industria del transporte de mercancías por carretera y agencias de Álava (Boletín Oficial de Álava num. 25 de 27/02/2026)
Resolución del delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se dispone la inscripción y publicación de las tablas salariales 2026 según acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo extraestatutario de eficacia limitada del sector de transporte de mercancias por carretera y agencias de transporte de Álava. Código convenio 01100085162024.
ANTECEDENTES
Se ha presentado, el acta suscrita el 2 de febrero de 2026, firmada por UGT y Agrupación
Empresarial de Transportes.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia prevista en el artículo 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, corresponde a la delegación territorial de Álava del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, de conformidad con el artículo 18.2.g del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.
RESUELVO
Primero. Ordenar la inscripción en la sección territorial de Álava del Registro de Convenios, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad del País Vasco, de las tablas salariales del convenio colectivo extraestatutario citado.
Segundo. Disponer su publicación en el BOTHA.
Vitoria-Gasteiz, 9 de febrero de 2026
El Delegado Territorial de Álava
IBON LOPEZ ALDAZ
Revisión de tablas 2026 del convenio colectivo extra estatutario para la industria del transporte de mercancías por carretera y agencias de Álava Acta de la comisión paritaria (tablas, dietas y otros conceptos 2026)
Día: lunes, 2 de febrero de 2026.
Asistentes: UGT y Agrupación Alavesa de Tansportes.
Previa convocatoria oportuna, se ha reunido la comisión paritaria del convenio colectivo extra estatutario para la Industria del Transporte de Mercancías por Carretera y Agencias de Álava, con asistencia de los miembros que se acaban de consignar y que figuran al margen. A continuación, la comisión paritaria ha adoptado por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero. Una vez conocido el IPC de 2025 las partes pueden calcular ya que con fecha 1 de enero de 2026 operará el incremento salarial pactado en la disposición tercera del convenio, ya que el IPC del año 2025 ha sido de 2,9 por ciento, por lo que dicho incremento salarial se aplicará a todos los conceptos del convenio extra estatutario.
Segundo. Se autoriza a la persona designada para la realización de los trámites necesarios para el registro y publicación de las tablas salariales para el año 2026.
Concluida la sesión, y leída el acta, las partes se muestran conformes con su contenido y la suscriben, finalizando la presente reunión a la hora indicada.
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
