Última revisión
05/03/2026
Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de GENERALITAT VALENCIANA. PERSONAL LABORAL (80000062011986) de Comunidad Valenciana
Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 05 de Marzo de 2026 en adelante
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RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación del acuerdo parcial de la comisión negociadora del II Convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Generalitat. (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 10316 de 05/03/2026)
Visto el Acuerdo parcial suscrito el día 6 de noviembre de 2025 por la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE) del II Convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Generalitat; la representación de la Administración de la Generalitat y de las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores del PV (UGT-PV) y Comisiones Obreras del PV (CCOO-PV), como integrantes de la CIVE y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), por ostentar la condición de representativa en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en los artículos 2.1.a) y 8.3 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y en los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y con lo establecido en el artículo 12.j) del Decreto 19/2026, de 13 de febrero, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, esta Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral,
RESUELVE
Primero
Ordenar la inscripción del acuerdo parcial de la comisión negociadora del II Convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Generalitat en el Registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Segundo
Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 3 de marzo de 2026
María Lurueña Ruiz
Directora general de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral
Acuerdo de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo y del sindicato que ostenta la condición de representativo en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, de interpretación del artículo 8 del II Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Generalitat
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