Última revisión
11/11/2024
Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA Y ACTIVIDADES TURISTICAS (28002085011981) de Madrid
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 09 de Noviembre de 2024 en adelante
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Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas (código número 28002085011981). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 268 de 09/11/2024)
Examinado el Acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del Sector de Hostelería y Actividades Turísticas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,
RESUELVE
1. Inscribir dicho Acuerdo de la Comisión Paritaria, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 29 de octubre de 2024. La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
ACTA III DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE HOSTELERÍA (RESTAURACIÓN) DE LA COMUNIDAD DE MADRID
En Madrid, a 2 de octubre de 2024.
En Madrid, siendo las 12:00 horas del día arriba señalado, se reúne la Comisión Paritaria del convenio colectivo de Hostelería (Restauración) de la Comunidad de Madrid.
Relación de asistentes:
1. Por Noche Madrid:
D. Alejandro López-Royo Migoya.
2. Por Hostelería Madrid:
D. Juan José Blardony Arranz.
D.a Noelia García Valle.
D. Carlos Jacob Sánchez.
3. Por AMER:
D. Antonio Díaz Jiménez.
4. Por CC OO:
D.a Raquel Blanco Carpio.
D. Sergio Pérez Merino.
D.a Nuria Rodríguez Hernández.
5. Por UGT:
D.a María Trinidad Andrés Tomé.
D. Daniel Pezuela Ruiz.
D. Francisco Javier Rodríguez Bernal.
Reunida la Comisión Paritaria se trata el siguiente orden del día:
Primero
Condiciones de impartición de las acciones de formación previstas en el artículo 31 del convenio colectivo:
1. Las acciones formativas deberán guardar relación con la actividad empresarial.
2. Estas acciones formativas podrán impartirse en modalidad presencial, teleformación o mixtas.
3. En el supuesto de realización de planes individuales de formación por entidades formativas, estas últimas deberán cumplir los requisitos legalmente establecidos para ejercer su actividad como entidades formativas. Una vez concluida la actividad formativa, se cumplirá con el trámite de visado de la formación con la comunicación a esta Comisión Paritaria de la realización de la acción formativa así como su duración, modalidad de impartición, contenidos y participantes. Igualmente, se deberá enviar a la comisión paritaria la documentación que habilite a la entidad formadora a ejercer dicha actividad.
Dicha comunicación se realizará al correo electrónico:
formacion@comisionparitariahosteleriamadrid.com
A este correo tendrán acceso tanto el presidente como el secretario de la comisión paritaria.
Segundo
Se acuerda depositar la presente Acta en el REGCON a efectos de su registro y publicación, designando para efectuar este trámite a Antonio Díaz Jiménez, con NIF ***4119**.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 13:30 horas de día de hoy y en prueba de conformidad se firma la presente acta.
