Convenio Colectivo de Sec...Valenciana

Última revisión
29/05/2024

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS DISCAPACITADAS (80000335011999) de Comunidad Valenciana

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2024, del Servicio de Relaciones Laborales y Gestión de Programas, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del acta de la comisión negociadora del VIII Convenio colectivo laboral autonómico de centros, entidades y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana, al objeto de proceder a la actualización de las tablas salariales para 2024. 2024/4814 (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 9859 de 29/05/2024)

Vista el acta de la comisión negociadora del VIII Convenio colectivo laboral autonómico de centros, entidades y servicios de atención a personas con discapacidad de la Comunitat Valenciana (código de Convenio 80000335011999), suscrito por la comisión negociadora, estando integrada la misma, de una parte, como representación empresarial, por la Federación Empresarial de Entidades Titulares de Centros y Servicios de Atención a Personas Discapacitadas (FEAD), por la Agrupación Empresarial Valenciana de Centros Especiales de Empleo (AGEVALCEE) y por la Asociación Empresarial de Entidades no Lucrativas del Sector de la Discapacidad de la Comunitat Valenciana (ASELDICOVA) y, de otra, por la parte social, compuesta por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras del País Valenciano (CCOO PV) y por la Unión General de Trabajadores del País Valenciano (UGT-PV), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Estatuto de los Trabajadores (aprobado por Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores), en el artículo 2.1.a del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, este Servicio de Relaciones Laborales y Gestión de Programas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en el artículo 17 del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo y en el artículo 28 de la Orden 9/2024, de 25 de abril, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se desarrolla el Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelve:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con notificación a la comisión negociadora, y depósito del texto del acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 10 de mayo de 2024.- La jefa del Servicio de Relaciones Laborales y Gestión de Programas: Aurora Valero Alcaraz.

Acta de la comisión negociadora de la revisión salarial de 2024 del VIII Convenio colectivo laboral autonómico de centros, entidades y servicios de atención a personas con discapacidad de la CV.

Por las organizaciones patronales:

Por FEAD:

Catalina Estevan Estevan, DNI ***0765**

Por AGEVALCEE:

Juan José Serrano Jiménez de la Plata, DNI ***9486**

Por ASELDICOVA:

Fernando Egido González, DNI ***0970**

Por las organizaciones sindicales:

Por la FE CC.OO-PV:

Elena Albert Roberto, DNI ***5136**

Pepa Ramis Pérez, DNI ***4937**

Por UGT Serveis Publics PV:

María Navarro García, con DNI ***4667**

En València, en los locales de CCOO, a las 11.00 horas del día 26 de marzo de 2024, se reúnen de modo semipresencial personas relacionadas al margen en representación de sus respectivas organizaciones, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 4º del VIII Convenio.

Se acuerda por parte de todas las organizaciones por unanimidad firmar la tabla salarial de 2024 para los centros especiales de empleo que se adjuntan, con efectos del 1 de enero de 2024.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 12 h.

CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

TABLA SALARIAL 2024

Desde 1 de enero 2024 S. base Trienio P. fest.

GRUPO II. PERSONAL MANDO INTERMEDIO

II.1. Jefe/a de administración 1.716,42 46,68 34,92

II.2. Jefe/a de producción 1.672,03 45,10 34,92

II.3. Adjunto/a de producción 1.582,38 44,02 34,92

II.4. Mando intermedio 1.569,07 41,23 30,57

GRUPO III. PERSONAL TITULADO

III.1. Titulado/a grado superior 2.182,48 58,45 46,20

III.2. Titulado/a grado medio 1.694,09 42,08 34,92

GRUPO IV. PERSONAL PRODUC., ADMIN. Y SERV.

SUBGRUPO IV.1. PERSONAL PRODUCCIÓN

IV.1.1. Técnico/a especialista 1.395,10 36,06 30,75

IV.1.2. Oficial/a especialista 1.234,10 34,39 30,75

IV.1.3. Auxiliar especialista 1.207,12 30,83 30,75

IV.1.4. Auxiliar general 1.187,76 28,18 30,75

IV.1.5. Operario/a 1.168,34 23,10 12,00

IV.1.6. Operario/a con apoyo 1.134,00 21,42 12,00

SUBGRUPO IV.2. ADMINISTRACIÓN

IV.2.1. Oficial 1a administración 1.234,10 34,56 30,75

IV.2.2. Oficial 2a administración 1.205,15 30,83 30,75

IV.2.3. Auxiliar administrativo 1.190,71 28,18 30,75

SUBGRUPO IV.3. PERSONAL SERVICIOS

IV.3.1. Técnico/a ayudante 1.383,36 36,06 30,75

IV.3.2. Oficial 1a 1.234,10 34,39 30,75

IV.3.3. Oficial 2a 1.207,12 30,83 30,75

IV.3.4. Conductor/a 1.204,18 30,94 30,75

IV.3.5. Auxiliar servicios 1.187,77 28,18 30,75

IV.3.6. Operario/a 1a 1.168,34 23,10 12,00

IV.3.7. Operario/a 2a 1.150,15 22,18 12,00

IV.3.8. Operario/a con apoyo 1.134,00 21,42 12,00