Convenio Colectivo de Sec...de Cáceres

Última revisión
26/03/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (10000155011982) de Cáceres

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante

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RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 20 de febrero de 2026, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio provincial de Hostelería de Cáceres para los años 2021 a 2025, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales definitivas de la anualidad 2025 en el ámbito de aplicación del citado convenio. (Diario Oficial de Extremadura num. 59 de 26/03/2026)

Visto el texto del Acta, de fecha 20 de febrero de 2026, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio provincial de Hostelería de Cáceres para los años 2021 a 2025 (código de convenio 10000155011982, publicado en DOE de 17 de febrero de 2022), en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales definitivas de la anualidad 2025 en el ámbito de aplicación del citado convenio.

Y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 17 de marzo de 2026.

La Directora General de Trabajo,

PILAR BUENO ESPADA

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE HOSTELERÍA DE LA PROVINCIA DE CÁCERES

Reunidos en la sede de la Federación de empresarios Cacereña, sita en calle Obispo Segura Sáez, 8, Cáceres, siendo las 12:00 horas del día 20 de febrero de 2026. De una parte, los miembros de la Federación Empresarial Cacereña y la Federación Empresarial Placentina, así como los representantes de las organizaciones sindicales con representación en el sector CCOO, UGT y CSIF con el siguiente orden del día:

- REVISIÓN SALARIAL DEL AÑO 2025.

Según lo establecido en el artículo 11 del convenio, una vez conocido el IPC, se revisan los salarios y conceptos económicos en un 0,9 %, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. Quedando los salarios y conceptos salariales del año 2025 definitivos como a continuación se indica:

Artículo 14. Plus único extrasalarial.

Para el año 2025, queda establecido en 162,56 euros mensuales.

Artículo 15. Percepciones no salariales de carácter no periódico.

Por contraer matrimonio.

Para el año 2025 queda establecido en 185,65 euros.

Por adquisición de vivienda.

Para el año 2025, queda establecido en 290,5 euros.

Artículo 21. Jubilación anticipada.

Para el año 2024 y 2025, quedan establecidas en las siguientes cantidades:

Edad jubilaciónAño 2025

63 años2474,41

64 años1238,33

Artículo 24. Jornada de trabajo.

Plus de trabajo nocturno:

Para el año 2025, queda establecido en 54,48 euros mensuales.

*Se adjunta tabla salarial definitiva año 2025.

Se autoriza a José Manuel González Calzada, para que realice cuantos actos y gestiones sean necesarios para proceder a la publicación en el DOE de esta acta.

Si más puntos que tratar se levanta la sesión.

CCOO UGT CSIF FEDERACION EMPRESARIAL CACEREÑA Y PLACENTINA

TABLA SALARIAL DEFINITIVA AÑO 2025

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)