Última revisión
03/03/2025
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES (28002585011981) de Madrid
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial de 2025 del convenio colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid, suscrita por la Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (AELMA) y la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL) y por la Representación Sindical CCOO del Hábitat de Madrid y la FESMC UGT Madrid (Código número 28002585011981). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 52 de 03/03/2025)
Examinada el Acta de Revisión Salarial de 2025 del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid, suscrita por la Asociación de Empresarios de Limpieza de Madrid (AELMA) y la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL) y por la Representación Sindical CCOO del Hábitat de Madrid y la FESMC UGT Madrid el día 27 de enero de 2025, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el art. 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE
1. Inscribir dicha Revisión Salarial, del Convenio Colectivo, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 14 de febrero de 2025. La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Asistentes:
Por la representación patronal;
Beatriz Nogués Ortiz de Arce
ASPEL
Tamar Valle Lérida
ASPEL
Andrés Arribas Chaves
AELMA
David López-Bravo de Lucas
AELMA
Por la representación sindical:
Dolores Cruz Hernández
CCOO del Hábitat Madrid
César Pulido González
CCOO del Hábitat Madrid
Javier Gómez Ochoa
CCOO del Hábitat Madrid
(Asesor)
Marisol Guimera Eguinoa
FeSMC-UGT Madrid.
Francisco José Ros Barrios
FeSMC-UGT Madrid.
Luisa Escribano Manzaneque
FeSMC-UGT Madrid.
Siendo las 10:00 h del día 27 de enero de 2025, convocados y reunidos los relacionados al margen, inician la reunión de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para tratar el siguiente punto del Orden de Día:
- FIRMA DE TABLAS SALARIALES 2025
Al no haber sido denunciado en tiempo y forma por ninguna de las partes legitimadas, según lo estipulado en art. 5 del convenio colectivo queda prorrogado por un año, hasta el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de una nueva denuncia de este, en los términos previstos por el Convenio.
Así mismo, de acuerdo con el art. 6 del convenio colectivo, se incrementan las tablas salariales del año 2024, con el 2,80%, cantidad resultante del IPC definitivo del año 2024. Se adjuntan las tablas salariales al presente acta.
La entrada en vigor de las tablas para el año 2025 entrarán en vigor a partir del 1 de enero del mismo año, y se abonarán con carácter retroactivo a esa fecha.
Las partes acuerdan facultar a Javier Gómez Ochoa para la tramitación y comunicación con la autoridad laboral, a efecto de registro y depósito en el REGCON.
Y sin más asuntos que tratar, siendo las 11:00h. se levanta la sesión, firmando las partes la presente acta, como muestra de conformidad con el mismo.
TABLAS SALARIALES CONVENIO LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES 2025
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
