Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
03/07/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLATANOS (03002875011998) de Alicante

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante


RESOLUCIÓN de la Dirección Territorial de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de Alicante por la que se dispone el registro oficial, depósito y publicación de la tabla salarial del año 2026 respecto del Convenio Colectivo Provincial de ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLÁTANOS Código Convenio 03002875011998 (Boletín Oficial de Alicante num. 123 de 03/07/2026)

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Con fecha 25/05/2026 se remitió al Registro de Convenios de Alicante la solicitud de registro, depósito y publicación de la tabla salarial del año 2026, por la representación del Sindicato Provincial de FeSMC UGT Alicante, y ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del mencionado convenio, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº. 156, de fecha 13 de noviembre de 2001, que establece que: “A la extinción de su periodo de duración o aplicación se considerará prorrogado tácitamente de año en año, siempre que no sea denunciado en los dos meses previos a su vencimiento por alguna de las partes que los suscriben, aplicándose en tal caso el incremento del

I.P.C. de los doce últimos meses más 0,25 puntos, a partir del 1 de enero de cada anualidad. Igualmente ocurrirá si una vez denunciado el convenio no llegase a constituirse la Mesa Negociadora durante los seis meses siguientes a la fecha en que termina el convenio anterior, situación en la que también se aplicará el I.P.C. + 0,25 % con efecto retroactivo desde 1 de enero de cada anualidad.”.

II.-El Convenio no ha sido denunciado y se presenta como Anexo único la tabla salarial aplicable para el año 2026 con el incremento del 3,15% sobre la tabla vigente publicada en el BOP nº 39, de 19 de febrero de 2025.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La competencia para dictar la resolución del presente expediente la ostenta la Directora Territorial de Vivienda, empleo, juventud e igualdad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22.5 de la Orden 2/2026, de 12 de mayo, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, por la que se desarrolla el Decreto 19/2026, de 13 de febrero, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad.

SEGUNDO.- Resultan de aplicación:

  • Lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.
  • El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos colectivos de Trabajo.
  • Y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por el que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

A la vista de los anteriores Hechos y Fundamentos de derecho, esta Dirección Territorial

ACUERDA:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la representación del Sindicato firmante y depósito del texto original del Anexo donde se contempla la tabla salarial para el año 2026.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Alicante, 17 de junio de 2026 LA DIRECTORA TERRITORIAL

CORTES MARÍA MARTÍNEZ DE LAS HERAS

ANEXO ÚNICO

 

TABLA SALARIAL AÑO 2026

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE

 

ASENTADORES Y MAYORISTAS DE

 

FRUTAS, HORTALIZAS Y PLÁTANOS

 

ALICANTE

 

GRUPO 1º

1.221,30 €

GRUPO 2º

1.221,30 €

GRUPO 3º

1.268,41 €

GRUPO 4º

1.335,14 €

GRUPO 5º

1.468,66 €

TRABAJADORES CON CONTRATO DE FORMACIÓN

1.221,30 €

 

ANTIGÜEDAD (Los 5 primeros bienios) Art. 9

9,26 €

ANTIGÜEDAD (A partir del 5º bienio) Art. 9

10,45 €

PLUS DESPLAZAMIENTO Art. 12

52,26 €

GRATIFICACIÓN POR FIESTAS LOCALES Art. 17

78,43 €

DIETA COMPLETA Art. 29

52,25 €

MEDIA DIETA Art. 29

19,58 €