Última revisión
18/03/2025
Revisión, Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (03000935011982) de Alicante
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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RESOLUCIÓN ACUERDO COMISIÓN PARITARIA CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES DE VIAJEROS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE (Boletín Oficial de Alicante num. 53 de 18/03/2025)
RESOLUCIÓN ACUERDO COMISIÓN PARITARIA CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES DE VIAJEROS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE
RESOLUCIÓN de la Dirección Territorial de Empleo y Labora de Alicante por la que se dispone el registro oficial y publicación del Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de TRANSPORTES DE VIAJEROS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE. Código convenio 03000935011982
ANTECEDENTES DE HECHO
I. Con fecha 24/02/2025 se remitió al Registro de Convenios de Alicante Acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo de Transportes de Viajeros por Carretera de la provincia de Alicante. En dicho acuerdo se actualiza el coste unitario por hora del personal de conducción de los servicios regulares de uso general y se actualizan las cotizaciones y los días correspondientes a permisos retribuidos.
II. En fecha 26/02/2025 se cursó requerimiento a la comisión paritaria para subsanar varias deficiencias observadas en la documentación aportada. Dicho requerimiento fue atendido presentando subsanación en fecha 5/03/2025.
III. En fecha 7/03/2025 se cursó un segundo requerimiento que fue atendido en fecha 7/03/2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para dictar la resolución del presente expediente la ostenta la Directora Territorial de Empleo y Labora de Alicante, de conformidad con lo establecido en las disposiciones transitoria y derogatoria únicas del Decreto 38/2025, de 4 de marzo, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.
SEGUNDO.- Resultan de aplicación:
- Lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.
- El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.
- Y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por el que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.
A la vista de los anteriores Hechos y Fundamentos de derecho, esta Dirección Territorial ACUERDA:
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la comisión paritaria, y depósito del texto original del acuerdo citado.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Alicante, 12 de marzo de 2025
LA DIRECTORA TERRITORIAL
Cortes María Martínez de las Heras
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRANSPORTE DE VIAJEROS DE ALICANTE
ASISTENTES:
PRESIDENTE:
- D. Ramón Rocamora Jover
REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
- Isabel Sánchez Álvarez
- Juan Serrano Raya
- Allan Khochman Lamuela
ASESORES:
- Luis González
- Paco Miralles
- Sonia Salar
REPRESENTACIÓN TRABAJADORES:
- Blas Serrano
- José Martínez
ASESORES:
- Paco Vilaplana
- Vicente Guirao
En Alicante, siendo las 9:30 horas del día 21 de febrero de 2025 en los locales de la CEV se reúnen las señoras y señores anteriormente relacionados en su calidad de miembros de la Comisión Paritaria del Convenio referenciado.
El motivo de la reunión es doble, por un lado dar respuesta a la petición de actualización del coste unitario por hora del personal de conducción de los servicios regulares de uso general tomando en consideración las revisiones salariales establecidas en convenio para 2024 y 2025, así como la actualización de las cotizaciones y el aumento, entre otros, de los días correspondientes a permisos retribuidos. Se adjuntan tablas con los cálculos.
Los presentes valores constituyen un valor medio de referencia para las licitaciones que deberá ser ajustado a la finalización de la anualidad en función del IPC real y las demás condiciones establecidas en el convenio provincial y en ningún caso incluyen otras condiciones de mejora del convenio que puedan acordarse en el seno de las empresas, que complementarias a los datos medio aquí reflejados.
Y por otro lado, subsanar las tablas salariales de 2025 incluyendo la categoría de cobrador que por error no había sido añadido y cuyo importe es 48,88 ?/día.
El presente documento y las tablas anexas son firmadas por la mayoría de los componentes de la comisión paritaria. La Comisión autoriza a D. Francisco Vilaplana para realizar los trámites oportunos a efectos de registro y publicación.
En prueba de conformidad, es firmada la presente acta y las tablas adjuntas en el lugar y fecha al principio indicados.
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
