Última revisión
05/12/2024
Revisión, Corrección. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION (07000335011981) de Baleares
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 05 de Diciembre de 2024 en adelante
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Corrección de errores de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 16 de febrero de 2024 por la cual se dispone la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares y la publicación del Convenio colectivo del sector de la construcción de las Illes Balears (código de convenio núm. 07000335011981). (Boletín Oficial de las Islas Baleares num. 158 de 05/12/2024)
Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 028, de 24 de febrero de 2024, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 16 de febrero de 2024 por la cual se dispone la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares del Convenio colectivo del sector de la construcción de las Illes Balears y su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
2. De oficio, se ha detectado un error en la versión catalana del texto, en concreto, en los anexos 1 y 2.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que los haya dictado.
2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, dispone que éstas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error detectado en la versión catalana de la publicación del Convenio colectivo sector de la construcción de las Illes Balears en el Butlletí Oficial de les Illes Balears número 028, de 24 de febrero de 2024.
2. Publicar de nuevo los anexos 1 y 2 rectificados.
3. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora.
4. Publicar la Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, firmado electrónicamente el 7 de marzo de 2024
La directora general de Trabajo y Salud Laboral
Catalina Teresa Cabrer González
Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía
(BOIB 103/2023)
ANEXO I
TABLA SALARIAL 2024
(ANEXO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)
ANEXO II
TABLA CONTRIBUCIONES PLAN DE PENSIONES 2024
(ANEXO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)
