Última revisión
30/07/2024
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de HOSPITALES AGUDOS, CENTROS DE ATENCION PRIMARIA, CENTROS SOCIO SANITARIOS Y CENTROS DE SALUD MENTAL (79100135012015) de Cataluña
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
RESOLUCIÓN EMT/2741/2024, de 12 de julio, por la que se disponen la inscripción y la publicación del Acta 19.ª de la Comisión Paritaria relativa al Acuerdo para la actualización de las tablas salariales para el año 2024 del III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio núm. 79100135012015). (Diario Oficial de Cataluña num. 9215 de 30/07/2024)
Visto el texto del Acta 19ª de la Comisión Paritaria relativa al Acuerdo para la actualización de las tablas salariales para el año 2024 del III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de Salud (código convenio 79100135012015), suscrito en fecha 3 de julio de 2024, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el artículo 2.1 a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo; y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya,
Resuelvo:
--1 Disponer la inscripción del Acuerdo mencionado en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión Paritaria.
--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimento previo de los trámites pertinentes.
Barcelona, 12 de julio de 2024
Òscar Riu Garcia
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral
Traducción del texto original firmado por las partes
Acta 19 de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo de trabajo de los Hospitales de Agudos, Centros de Atención Primaria, Centros Sociosanitarios y Centros de Salud Mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud
Asistentes
Organizaciones sindicales
Comisiones Obreras (CCOO):
Titulares: Paco Pareja Montañés, Cristina Martínez Nieto, José Maria Yagüe Polo, Eva Garcia López y Maria Ramos Guzmán
Suplentes: Xavier Pallàs García y Ramón Alarcón Fernández
Asesor: Jesús González Comabella
Unión General de Trabajadores (UGT):
Titulares: Silvia Franco, Raül Gisbert, Àlex Trullàs, Joan Sánchez González y Rosa Pérez
Asesora: Xènia Rosales
Sindicato de Enfermería (SATSE):
Titulares: Annabel Torres Egea, Rosa Maria Famadas Lifante y Miquel Oliveras Gisbert
Suplente: M. Jesús Figueroa Pena
Asesor: Jesús Carlos García Reig
Organizaciones patronales
Unión Catalana de Hospitales (La Unión):
Titulares: Jordi Nonell Gregori, Carles Garcia Hernández, Sandra Tobías Grau, Héctor Cantero Carrascosa, Josep Vidal Negre y Elena de la Campa Alonso
Suplentes: Jaume Alujas y Noelia Santiago Rey
Asesora: Alda Mumbrú López (Vallbé)
Consorcio Asociación Patronal Sanitaria y Social (CAPSS):
Titulares: Roser Casas, Joan Grau, Pilar Rol, Maria Isabel Arrieta Segura, Alberto Martín, Mariona Casanovas y Raúl García.
Asesoras: Abigail Blanco (FJM) y Paula Carrión
Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES)
Titular: Pedro Ayesa
Asesores: Dani Cubero (Antràs) y Joan Deu
Presidenta: Cristina Martínez Nieto
Secretaría: Elena de la Campa Alonso
En Barcelona, a 3 de julio de 2024 a las 15.30 horas se reúnen los componentes de la Comisión Paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los Hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud para tratar los temas siguientes:
Orden del día
Aprobación y firma de la actualización de las tablas salariales del año 2024 (anexos) y firma.
Acuerdos
Primero. Aprobación y firma de la actualización de las tablas salariales 2024
1. Con el fin de dar cumplimiento al primer punto del apartado d) de la disposición adicional segunda del Convenio colectivo, que indica:
?d. Año 2024, incremento del 2% con respecto a las tablas salariales vigentes en 31/12/2023?.
2. Dado que fecha 15 de febrero de 2024, y con efectos 1 de enero de 2024 la Comisión Paritaria acordó:
- Equiparación del salario base del grupo profesional 2.2 al salario base del grupo profesional 4.
- Incremento del 5% de la retribución variable por objetivos de los grupos profesionales 3, 6 y 7.
3. Una vez aprobados en fecha 22 de abril de 2024 en el Consejo de Dirección de CatSalut los compromisos económicos correspondientes y publicado el Real Decreto Ley 4/2024, de 26 de junio, que incorpora al artículo 6, con carácter de normativa básica, el incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2024 y dado que el Decreto Ley 3/2024 de 9 de abril previó estos incrementos retributivos en los términos en que finalmente estableciera la normativa básica, en consonancia con aquello indicado en la Disposición transitoria quinta del Convenio.
Disposición transitoria quinta. Los compromisos económicos recogidos en la disposición adicional segunda de este Convenio se formalizarán una vez sean aprobadas anualmente por parte del CatSalut las tarifas o los mecanismos correspondientes que permitan la aplicación de los aspectos retributivos a que hace referencia el escenario global aprobado por el Consejo de Dirección del CatSalut en fecha 28 de diciembre de 2022. Una vez se publiquen las tarifas y/u otros mecanismos, la Comisión Paritaria procederá a la firma de las tablas salariales anuales, indicando la fecha máxima de aplicación de las mismas.
Se aprueba
La actualización de todos los conceptos e importes de las tablas salariales del Convenio correspondientes al ejercicio de 2024 incorporando el incremento retributivo del 2% desde el mes de enero de 2024.
Continúan vigentes los anexos del 15 al 23 del actual Convenio publicado en el DOGC de 16 de marzo de 2023 (nº 8876), referidos en las tablas salariales del 2008 sobre las que se aplica la deducción del 0,88%, según indica la disposición adicional primera del Convenio.
Se acuerda que la actualización de las nuevas tablas se haga efectiva en la nómina del mes de julio de 2024 y que el abono de los atrasos del año 2024 se efectúe como máximo el 30 de septiembre de 2024. En caso de que por razones técnicas u organizativas la empresa no pueda cumplir con los plazos antes estipulados lo tendrá que justificar en su RLT.
Todo el anterior sin perjuicio del incremento adicional máximo para el año 2024 según el segundo párrafo del punto d de la disposición adicional segunda del Convenio.
Las personas asistentes delegan la firma de la presente acta a una persona por cada organización.
Las partes autorizan a Elena de la Campa Alonso y Alda Mumbrú López, para proceder a realizar los trámites de registro ante la autoridad laboral.
Y sin más asuntos a tratar se da por finalizada la reunión a las 16.00 horas del día indicado en el encabezamiento.
(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
