Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
29/07/2025

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de HOSPITALES AGUDOS, CENTROS DE ATENCION PRIMARIA, CENTROS SOCIO SANITARIOS Y CENTROS DE SALUD MENTAL (79100135012015) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Resolución EMT/2868/2025, de 17 de julio, por la que se disponen la inscripción y la publicación del Acuerdo de revisión salarial de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio núm. 79100135012015) (Diario Oficial de Cataluña num. 9465 de 29/07/2025)

Visto el texto del Acta nº 32 de la Comisión Paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el Servicio Catalán de la Salud (Código de convenio nº 79100135012015), suscrita en fecha 8 de julio de 2025, relativa al premio de fidelización y a la actualización de las Tablas salariales para el año 2024, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de Reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña,

Resuelvo:

--1 Disponer la inscripción del Acuerdo mencionado en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación en las partes firmantes.

--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Barcelona, 17 de julio de 2025

Núria Gilgado Barbadilla

Directora general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Transcripción literal del texto firmado por las partes

Acta 32 de la Comisión Paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los Hospitales de Agudos, Centros de Atención Primaria, Centros Sociosanitarios y Centros de Salud Mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud

Asistentes

Organizaciones sindicales:

Comisiones Obreras (CCOO):

Titulares: Paco Pareja Montañés, Cristina Martínez Nieto, Manel Abia Ortiz, Eva García López y Josefa Sánchez Brustenga

Suplentes: María Ramos Guzmán y Xavier Pallàs García

Asesor: Pere Jiménez Joven

Unión General de Trabajadores (UGT):

Titulares: Juan Sanchez González, Jose Martínez Beltran, Silvia Franco Mas, Rosa Perez Bernalte y Judith Extremera Ortega

Asesora: Xènia Rosales Juanola y Ester Silvestre García

Sindicato de Enfermería (SATSE):

Titulares: Miquel Oliveras Gisbert, Raúl Martin Iglesias y M. Jesús Figueroa Pena

Asesor: Jesús Carlos García Reig

Organizaciones patronales:

Unión Catalana de Hospitales (La Unión):

Titulares: Jordi Nonell Gregori, Carles Garcia Hernández, Sandra Tobías Grau, Gabriel Nieto-Fernandez Arroyo y Elena de la Campa Alonso

Suplentes: Jaume Alujas Rovira y Noelia Santiago Rey

Asesora: Alda Mumbrú López (Vallbé)

Consorcio Asociación Patronal Sanitaria y Social (CAPSS):

Titulares: Roser Casas Agut, Joan Grau Corbatera, Pilar Rol Miguel, Maria Isabel Arrieta Segura, Mariona Casanovas Corominas, Vanessa Gonzalez Rubio y Natalia Codina Fuentefria

Suplentes: Jordi Fonoll Lluís, Anna Fontaniol Verdaguer y Alberto Martín Martín

Asesoras: Abigail Blanco Cumplido (FJM) y Paula Carrión Beas

Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES):

Titular: Esther Moya Padilla

Asesores: Dani Cubero Díaz(Antràs)

Presidenta: Cristina Martínez Nieto

Secretaría: Laura Sánchez Santos

En Barcelona, a 8 de julio de 2025 a las 15:30 horas se reúnen los componentes de la Comisión Paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los Hospitales de Agudos, Centros de Atención Primaria, Centros Sociosanitarios y Centros de Salud Mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud para tratar los siguientes temas:

Orden del día

- Aprobación de los premios de fidelización comunicados hasta el 8 de julio de 2025.

- Aprobación y firma de la actualización de las tablas salariales del año 2024 (anexos) y firma.

Acuerdos

Primero.- Aprobación de los premios de fidelización

- Consorcio Sanitario del Maresme (3)

- Salud Tierras del Ebro

- Instituto de Asistencia Sanitaria

Segundo.- Aprobación y firma de la actualización de las tablas salariales 2024.

1. Con el fin de dar cumplimiento en el primer punto del apartado d) de la disposición adicional segunda del Convenio colectivo, que indica:

?Adicionalmente para el año 2024, si la suma de la variación del IPC armonizado de los años 2022, 2023 y 2024 supera el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024, se aplicará un incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5%. Este incremento adicional tendría efectos desde el 1 de enero del 2024.?

2. Y dado que:

1. El Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el cual se prorrogan Determinadas Medidas para afrontar las Consecuencias Económicas y Sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, establece en su artículo 6 el incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2024 y el carácter básico del artículo.

2. El Decreto ley 3/2024, de 9 de abril, de concesión de un suplemento de crédito y de un crédito extraordinario a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023 prorrogados para el 2024 y de otras medidas financieras y administrativas, que prevé en el artículo 5 que las retribuciones íntegras del personal, incluidas en el título III de la Ley 2/2023, del 16 de marzo, de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya a en el 2023, se incrementarán para el 2024 en el porcentaje máximo que autorice la normativa básica.

3. Se aprobaron en fecha 27 de enero de 2025 en el Consejo de Dirección de CatSalut los compromisos económicos correspondientes.

4. Se ha publicado en el BOE nº 158, de 1 de julio de 2025, la Orden PJC/681/2025, de 1 de julio, por la cual se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de julio de 2025, por el cual se aprueba el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público previsto en el artículo 6.2 del Real decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el cual se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.

Y en consonancia con la disposición transitoria quinta que establece que los compromisos económicos recogidos a la disposición adicional segunda de este Convenio se formalizarán una vez sean aprobadas anualmente por parte del CatSalut las tarifas o los mecanismos correspondientes que permitan la aplicación de los aspectos retributivos a que hace referencia el escenario global aprobado por el Consejo de Dirección del CatSalut en fecha 28 de diciembre de 2022. Una vez se publiquen las tarifas y/o otros mecanismos, la Comisión Paritaria procederá a lo firma de las tablas salariales anuales, indicando la fecha máxima de aplicación de las mismas.

Se aprueba

La actualización de todos los conceptos e importes de las tablas salariales del Convenio correspondientes al ejercicio de 2024 incorporando el incremento retributivo del 0,5% con efectos de 1 de enero de 2024.

Continúan vigentes los anexos del 15 al 23 del actual Convenio publicado en el DOGC de 16 de marzo de 2023 (nº 8876), referidos en las tablas salariales del 2008 sobre las que se aplica la deducción del 0,88%, según indica la disposición adicional primera del Convenio.

Se acuerda que la actualización de las nuevas tablas se haga efectiva a la nómina del mes de julio de 2025 y que el abono de los atrasos del año 2024 y primer semestre del año 2025 se efectúe como máximo el día 30 de septiembre de 2025. En caso de que por razones excepcionales de carácter técnico u organizativo la empresa no pueda cumplir con los plazos antes estipulados lo tendrá que justificar en su RLPT.

Las personas asistentes delegan la firma de la presente acta a una persona por cada organización.

Las partes autorizan a la Sra. Laura Sánchez Santos y a la Sra. Alda Mumbrú Lopez para proceder a realizar los trámites de registro ante la autoridad laboral.

Y sin más asuntos a tratar se da por finalizada la reunión a las 16:15 horas del día indicado en el encabezamiento.

Tablas salariales 2024 (2,5%)

Anexo 3 - 14

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)