Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
02/03/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de HOSPITALES AGUDOS, CENTROS DE ATENCION PRIMARIA, CENTROS SOCIO SANITARIOS Y CENTROS DE SALUD MENTAL (79100135012015) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante

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Resolución EMT/509/2026, de 23 de enero, por la que se disponen la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial del Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio 79100135012015) (Diario Oficial de Cataluña num. 9615 de 02/03/2026)

Visto el texto del Acuerdo Parcial del Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados, con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio 79100135012015), relativo a las Tablas salariales para los años 2025 y 2026, habiendo sido suscrito en fecha 13 de enero de 2026, por parte de las organizaciones empresariales, por parte de la representación social por Comisiones Obreras (CCOO), Unión General de Trabajadores (UGT), el Sindicato de Enfermería (SATSE) y el Sindicato de Médicos de Cataluña, y por la parte empresarial por la Unión Catalana de Hospitales (La Unión), el Consorcio Asociación Patronal Sanitaria y Social (CAPSS), y la Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES), y de acuerdo con el que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña,

Resuelvo:

--1 Disponer la inscripción del Acuerdo Parcial mencionado en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión Negociadora.

--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Barcelona, 23 de enero de 2026

Núria Gilgado Barbadilla

Directora general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Transcripción literal del texto firmado por las partes

Acta (Acuerdo parcial) de la Comisión negociadora del cuarto Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud

Comisiones Obreras (CCOO):

Titulares: Cristina Martínez Nieto, Paco Pareja Montañés, Eva García López, María Ramos Guzmán y Pere Jiménez Joven

Suplentes: Sonia Jaén Velázquez, Manel Abia Ortiz, Xavier Pallàs García y Mi. Teresa Gil Martínez

Assessors: Jesús González Comabella

Unión General de Trabajadores (UGT):

Titulares: Rosa Pérez Bernalte, Raúl Gisbert Barrué, Alex Trullàs Manonelles, Judith Extremera Ortega y Silvia Castaño Gómez

Suplentes: Jose Martinez Beltran, Inma Ten Bartual y Joan Sánchez González

Asesoras: Xènia Rosales Juanola y Esther Silvestre García

Sindicato de Enfermería (SATSE):

Titulares: Miquel Oliveras Gisbert, Annabel Torres Egeo y José David Garcia Fernández

Suplentes: Raúl Martín Iglesias y Balsa Sorroche Vidal

Asesoras: Jesús Carlos García Reig y Mi. Jesus Figueroa Pena

Sindicat Metges de Cataluña (SMC):

Titulares: Jordi Aparicio Freixa y Josep Maria Serra Casasayas

Suplentes: Francisco José Castro Bonhorquez

Asesora: Mireia Montesinos Sanchis

Organizaciones patronales:

Unión Catalana de Hospitales (La Unión):

Titulares: Ramon Massagué Meléndez, Jordi Nonell Gregori, Carles García Hernández, Sandra Tobias Grau, Josep Vidal Negre y Noelia Santiago Rey.

Suplentes: Gabriel Nieto Fernández-Arroyo, Jaume Alujas Rovira, Ester Cruselles Pubill, Mireia Traserra Call, Marisa Sanz Villa y Laura Sánchez Santos

Asesoras: Elena de la Campa Alonso y Alda Mumbrú López (Vallbé)

Consorcio Asociación Patronal Sanitaria y Social (CAPSS):

Titulares: M. Isabel Arrieta Segura, Mariona Casanovas Corominas, M. Roser Casas Agut, Natàlia Codina Fuentefría, Jordi Fonoll Lluis, Joan Grau Corbatera y Pilar Rol Miguel

Suplentes: Vanesa González Rubio y Ramon Masó Valmajó

Asesoras: Abigail Blanco Cumplido y Paula Carrión Beas

Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES)

Titulares: Pedro Ayesa Guix

Suplentes: Esther Moya Padilla

Asesores: Daniel Cubero Díaz i Joan Diez y Cano

En Barcelona a las 15:30 horas del día 13 de enero de 2026, se reúne la Comisión negociadora del IV Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud (SISCAT).

Ambas partes, se reconocen capacidad legal suficiente para la suscripción del presente Acuerdo Parcial.

EXPONEN

Primero:

En el BOE nº 290 se publicó el 3 de diciembre de 2025 el ?Real Decreto-Ley 14/2025, de 2 de diciembre, miedo el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público?, donde se establecen los incrementos de las retribuciones del personal al servicio del sector público:

- Para 2025, se establece un incremento global máximo consolidable del 2,5% con respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024, con efectos 1 de enero 2025.

- Para 2026, se establece un incremento global máximo consolidable del 1,5% con respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2025, con efectos de 1 de enero de 2026.

- Asimismo, y con efectos 1 de enero de 2026, se aplicará otro incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 por ciento con respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2025 si la variación del IPC en 2026 es igual o superior al 1,5%.

Segundo:

El 22 de diciembre de 2025, se ha procedido a la aprobación en el Consejo de Dirección del CatSalut de las tarifas que permiten aplicar los incrementos salariales fijas indicados para el 2025 y 2026, del 2,5% y del 1,5%, respectivamente.

A la vista de los puntos anteriores las partes acuerdan:

Primero. -

- La actualización, con efectos de 1 de enero de 2025, de todos los conceptos e importes de las tablas salariales del Convenio, incorporando el incremento retributivo del 2,5% con respecto a las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2024.

- La actualización, con efectos de 1 de enero de 2026, de todos los conceptos e importes de las tablas salariales del Convenio, incorporando el incremento retributivo del 1,5% con respecto a las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025.

- Que la nómina del mes de enero de 2026 incorporará las tablas salariales correspondientes a 2026.

- Que el abono de los atrasossalariales del año 2025 se efectúe como máximo el día 28 de febrero de 2026.

Se anexan las tablas salariales definitivas del año 2025 y 2026.

Segundo. -

En caso de que la variación del IPC en el 2026 resultara igual o superior al 1,5%, se aplicará otro incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5% con respecto a las retribuciones vigentes en 31 de diciembre de 2025 y con efectos 1 de enero de 2026, una vez sean aprobadas por el Consejo de Dirección del CatSalut las tarifas o los mecanismos correspondientes que permitan su aplicación.

Tercero. -

En caso de que por razones excepcionales de carácter técnico u organizativo la empresa no pueda cumplir con el plazo estipulados al acuerdo primero sobre los atrasosde 2025, lo tendrá que justificar en su RLPT.

El acuerdo alcanzado por la Comisión negociadora ha sido ratificado por todas las organizaciones empresariales UCH, CAPSS y ACES, así como por todas las organizaciones sindicales CCOO, UGT, SATSE y Sindicat Metges de Cataluña.

La firma del presente acuerdo parcial no compromete ni vincula la firma del IV Convenio.

En todo aquello no indicado al acuerdo parcial se mantendrá vigente aquello establecido en el III Convenio Colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud y en los acuerdos parciales firmados.

Las organizaciones firmantes acuerdan facultar a Laura Sánchez Santos y Alda Mumbrú López, para realizar los trámites necesarios para la comunicación de los Acuerdos alcanzados en la presente Acta a la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo y Seguridad y Salud Laboral del Departamento de Empresa y Trabajo, para su publicación.

Prueba conformidad, firman esta Acta, en el lugar y fecha indicados, los componentes de la Comisión negociadora indicados en el encabezamiento.

Tablas salariales 2025 (2,5%)

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)