Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
25/03/2026

Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de HOSPITALES AGUDOS, CENTROS DE ATENCION PRIMARIA, CENTROS SOCIO SANITARIOS Y CENTROS DE SALUD MENTAL (79100135012015) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 13 de Enero de 2026 en adelante

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Resolución EMT/793/2026, de 6 de marzo, por la que se disponen la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial del Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio 79100135012015) (Diario Oficial de Cataluña num. 9632 de 25/03/2026)

Visto el texto del Acuerdo parcial del Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados, con el Servicio Catalán de la Salud (Código de convenio 79100135012015), relativo al artículo 52 del convenio mencionado, habiendo sido suscrito en fecha 24 de febrero de 2026, por parte de la representación social por Comisiones Obreras (CCOO), Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT), el Sindicato de Enfermería (SATSE) y el Sindicato Médicos de Cataluña (SMC), y por la parte empresarial, por la Unión Catalana de Hospitales (La Unión), el Consorcio Asociación Patronal Sanitaria y Social (CAPSS), y la Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES), y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el artículo 2.1) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de Reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas De Cataluña,

Resuelvo:

 --1 Disponer la inscripción del Acuerdo Parcial mencionado en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación en las partes firmantes.

--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Barcelona, 6 de marzo de 2026

Núria Gilgado Barbadilla

Directora general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Transcripción literal del texto firmado por las partes

Acuerdo Parcial de la Comisión Negociadora del cuarto Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el servicio catalán de la salud

Por parte de las representaciones sociales:

Comisiones Obreras (CCOO):

Titulares: Paco Pareja Montañés, Cristina Martínez Nieto, María Ramos Guzmán, Sonia Jaén Velázquez y Jose Ramón Lluís Sol.

Suplentes: Manel Abia Ortiz, Xavier Pallàs García y Mi. Teresa Gil Martínez.

Asesores: Jesús González Comabella.

Unión General de Trabajadores (UGT):

Titulares: Rosa Pérez Bernalte, Raúl Gisbert Barrué, Alex Trullàs Manonelles, Judith Extremera Ortega y Silvia Castaño Gómez.

Suplentes: Jose Martinez Beltran, Inma Ten Bartual, Sílvia Franco Mas y Joan Sánchez González.

Asesoras: Xènia Rosales Juanola y Esther Silvestre García.

Sindicato de Enfermería (SATSE):

Titulares: Miquel Oliveras Gisbert, Annabel Torres Egeo y Sandra Briz Godino.

Suplentes: Raúl Martín Iglesias, José David Garcia Fernández y Mi. Jesús Figueroa Pena.

Asesoras: Jesús Carlos García Reig.

Sindicat Metges de Cataluña (SMC):

Titulares: Jordi Aparicio Freixa y Josep Maria Serra Casasayas.

Suplentes: Francisco José Castro Bonhorquez.

Asesora: Mireia Montesinos Sanchis.

Por parte de las representaciones patronales:

Unión Catalana de Hospitales (La Unión):

Titulares: Ramon Messaguer Meléndez, Jordi Nonell Gregori, José Maria Soto Guerrero, Josep Vidal Negre, Gabriel Nieto Fernández-Arroyo, Ester Cruselles Pubill y Laura Sánchez Santos.

Asesoras: Elena de la Campa Alonso y Alda Mumbrú López (Vallbé)

Consorcio Asociación Patronal Sanitaria y Social (CAPSS):

Titulares: Mi. Isabel Arrieta Segura, Raul García Salazar, Mariona Casanovas Corominas, Ramón Masó Vallmajó y Pilar Rol Miguel.

Asesoras: Paula Carrión Beas y Abigail Blanco Cumplido

Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES):

Titulares: Esther Moya Padilla.

Asesor: Joan Diez y Cano.

En Barcelona a las 15:30 horas del día 24 de febrero de 2026, se reúne la Comisión Negociadora del IV Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud (SISCAT).

Ambas partes, se reconocen capacidad legal suficiente para la suscripción del presente Acuerdo Parcial.

Exponen

Que en fecha 13 de enero de 2026 las partes suscribieron un Acuerdo Parcial con el fin de fijar las tablas salariales para los años 2025 y 2026 y las fechas de actualización y abono de atrasos.

Que es necesario aplicar los mismos incrementos del Acuerdo Parcial referenciado al punto anterior a la ayuda ?Medidas de apoyo a las personas trabajadoras responsables de personas con discapacidad? establecida en el artículo 52.1 del Convenio.

A la vista de los puntos anteriores las partes Acuerdan:

Primero

La actualización del importe de la ayuda indicada al artículo 52.1 del Convenio incorporando el incremento del 2,5% con respecto al importe vigente a 31 de diciembre de 2024 y del 1,5% con respecto al importe vigente a 31 de diciembre de 2025, resultando un importe de 71,75 euros brutos mensuales con efectos 1 de enero de 2025 y de 72,83 euros brutos mensuales con efectos 1 de enero de 2026.

Segundo

La actualización del importe se hará efectiva a la nómina del mes de marzo de 2026 y los atrasos generados desde 1 de enero de 2025 también se abonarán el mes de marzo de 2026.

Tercero

En caso de que la variación del IPC en el 2026 resultara igual o superior al 1,5%, se aplicará otro incremento adicional y consolidable del 0,5% con respecto al importe vigente a 31 de diciembre de 2025 y con efectos 1 de enero de 2026, una vez sean aprobadas por el Consejo de Dirección del CatSalut las tarifas o los mecanismos correspondientes que permitan su aplicación.

Cuarto

En caso de que por razones excepcionales de carácter técnico u organizativo la empresa no pueda cumplir con los plazos estipulados en el acuerdo segundo lo tendrá que justificar en su RLPT.

El ACUERDO alcanzado por la Comisión Negociadora ha sido ratificado por todas las organizaciones empresariales UCH, CAPSS y ACES, así como por todas las organizaciones sindicales CCOO, UGT, SATSE y MC.

La firma del presente Acuerdo Parcial no compromete ni vincula la firma del IV Convenio.

En todo aquello no indicado en este Acuerdo Parcial o en el Acuerdo Parcial de 13 de enero de 2026, se mantendrá vigente lol establecido en el III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud y en los acuerdos parciales firmados.

Las organizaciones firmantes acuerdan facultar a Laura Sánchez Santos y Alda Mumbrú López, para realizar los trámites necesarios para la comunicación de los Acuerdos alcanzados en la presente Acta a la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo y Seguridad y Salud Laboral del Departamento de Empresa y Trabajo, para su publicación.

Prueba conformidad, firman esta Acta, en el lugar y fecha indicados, los componentes de la Comisión negociadora indicados en el encabezamiento.