Última revisión
22/12/2025
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de RESIDENCIAS Y CENTROS DE DIA PARA LA ATENCION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL (79001195011996) de Cataluña
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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Resolución EMT/4671/2025, de 15 de diciembre, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial del Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de residencias, centros de día y hogares residencias para la atención de personas con discapacidad intelectual (código núm. 79001195011996) (Diario Oficial de Cataluña num. 9569 de 22/12/2025)
Visto el texto del Acuerdo Parcial del Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de residencias, centros de día y hogares residencias para la atención de personas con discapacidad intelectual (Código nº 79001195011996), relativo a las tablas salariales para el año 2025, suscrito por la comisión negociadora en fecha 27 de noviembre de 2025, y de acuerdo con el que disponen el artículo 90.2 y 3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y planes de igualdad; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de Reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo; y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña.
Resuelvo:
--1 Disponer la inscripción del Acta mencionada en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión Negociadora.
--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.
Barcelona, 15 de diciembre de 2025
Núria Gilgado Barbadilla
Directora general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral
Transcripción literal del texto firmado por las partes
Acta de la Mesa negociadora del Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de residencias, centros de día y hogares residencia para la atención de personas con discapacidad intelectual (Código Convenio 790011950111996)
Barcelona, a 27 de noviembre de 2025, a les 10:30 horas al despacho FieldFisher, Passeig de Gracia 103, 7ª planta, 08008, Barcelona,
Reunidos
De una parte, los asistentes que a continuación se relacionan, actuando en nombre y representación de la parte social de la Comisión negociadora:
Javier Moreno González
Sector Educació UGT Serveis Públics
Rafael Cardona Ceadea
Sector Educació UGT Serveis Públics
Carlos Moreno González
Sector Educació UGT Serveis Públics
Vanesa Medina Silva
Federació d'Educació CCOO
Mireia Domínguez Gañez
Federació d'Educació CCOO
Eduardo Núñez Martínez
Federació d'Educació CCOO
Y, de otra, los miembros de la parte empresarial de la Comisión negociadora que a continuación se relacionan:
Eduard Martín Puente
ACCP
Anna González Julià
ACCP
Laura Mestres Porqueres
ACCP
Ariadna Bru Fornells
ACCP
María Isabel Duaso Martín
ACCP
Jordi González Barrufet
AEES DINCAT
Manifiestan
I.- Que el día 16 de diciembre de 2024, en la sede de CCOO, quedó constituida la Comisión negociadora del Convenio colectivo de trabajo de Cataluña de residencias, centros de día y hogares residencia para la atención de personas con discapacidad intelectual (Código de Convenio 790011950111996).
II.- Que, en el día de hoy, ambas partes han alcanzado, por unanimidad, un acuerdo parcial relativo a la revisión de las tablas salariales para el año 2025.
III.- Que ambas partes ostentan legitimación suficiente para alcanzar el presente acuerdo convencional.
Y, tras las oportunas deliberaciones, y por unanimidad de ambas partes, se llega a los siguientes:
Acuerdos
Primero. - Que, en el día de hoy, tras diversas reuniones, se ha alcanzado un acuerdo relativo a la revisión de las tablas salariales para el año 2025, en los términos que se recogen en el presente documento y según el Anexo que se adjunta a la presente acta, dándose por finalizado el proceso negociador relativo al incremento salarial del año 2025 y procediéndose a la firma del texto correspondiente. Asimismo, se detallan a continuación los siguientes puntos acordados:
Incremento salarial para 2025: 5 % del salario base por 14 pagas. Incremento del 5 % en todos los complementos (antigüedad, nocturnidad, festivo, festivo especial y de fin de semana). Estos incrementos salariales, correspondientes al salario base y a todos los complementos salariales, se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025.
El salario se regularizará en la nómina del mes de enero de 2026, salvo que las tablas no hayan sido publicadas en el DOGC antes del día 20 de enero de 2026. En este último caso, la actualización deberá efectuarse en la nómina del mes siguiente al de su publicación en el DOGC.
En lo que se refiere a los atrasos salariales, estos serán abonados en la nómina del mes de enero de 2026, siempre y cuando las Entidades hayan recibido el abono del incremento de tarifas de 2025 antes de finalizar el año 2025. En caso de que el abono del incremento de tarifas de 2025 sea posterior a dicha fecha, los atrasos serán abonados, como máximo, en la nómina del mes de febrero de 2026.
Segundo. - Las Partes manifiestan su voluntad de proseguir las negociaciones, así como su compromiso de abordar la negociación de una reducción de la jornada laboral, con la finalidad de incluirla y hacerla efectiva en el futuro acuerdo del Convenio colectivo de Cataluña de residencias, centros de día y hogares residencia para la atención a personas con discapacidad intelectual.
Tercero. - Las Partes manifiestan continuar con la celebración de las reuniones de la Mesa negociadora del Convenio colectivo una vez se hayan publicado las tablas salariales del año 2025 en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).
Cuarto. - La parte social acepta la propuesta económica del 5%, pese a que algunas de las tarifas se han incrementado por encima de dicho porcentaje, entendiendo que esta diferencia deriva de la decisión de dejar sin aplicación las medidas flexibilizadoras adoptadas durante el año 2012, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden DSI/197/2025, de 14 de noviembre.
Quinto. - Ambas partes, tanto la representación empresarial como la representación social, acuerdan confeccionar escrito de presentación y solicitud de registro, depósito y publicación del Convenio, facultando a la Sra. Maria Isabel Duaso Martín, para poder presentar cuantos documentos sean necesarios a efectos del registro de la actualización de las tablas salariales de 2025.
Sexto. - En el día de hoy se lleva a cabo el acto de firma de la actualización de las tablas salariales de 2025.
Séptimo. - Ambas partes dan por finalizado el presente acto y, redactada el acta, a continuación, es leída y aprobada por unanimidad, firmando los presentes en señal de conformidad.
A las 11:30 horas, en Barcelona Ciudad el día 27 de noviembre de 2025.
Anexo
Tablas salariales 2025
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
