Última revisión
12/04/2024
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE ENFERMOS Y ACCIDENTADOS EN AMBULANCIA (79001955012002) de Cataluña
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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RESOLUCIÓN EMT/1124/2024, de 4 de abril, por la que se disponen la inscripción y la publicación del acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de trabajo para empresas y personas trabajadoras de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia (transporte sanitario) de la Comunidad Autónoma de Cataluña (código de convenio núm. 79001955012002). (Diario Oficial de Cataluña num. 9141 de 12/04/2024)
Resuelvo:
?1 Disponer la inscripción del acta mencionada en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión Negociadora.
?2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.
Barcelona, 4 de abril de 2024
Òscar Riu Garcia
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral
Traducción del texto original firmado por las partes
Acta de la Comisión Paritaria del convenio
Barcelona, 15 de marzo de 2024
Se reúnen las personas relacionadas a continuación, en los locales de ACEA, en representación de las entidades con derecho de representación según convenio:
CCOO: Delegados, Enric Vela, Manuel Campaña; Asesor Jordi Venanci
UGT: Delegados, Javier Porta, Àlex Forcadell; Asesor Carlos López
USOC: Delegado, Walter Alvarez; Asesor Alex Cadet
SINDI: Delegado, Raúl Pérez; Asesor Aitor Soriano
ACEA: M. Angel Martínez, Dídac Martinez, India Luca de Tena, Paula Puig, Nuria Pino
De conformidad con el artículo 10 del convenio se designa como secretario de esta Comisión Paritaria, para esta reunión, a Dídac Martinez.
Nos reunimos en aplicación del artículo 10.f y la Disposición Transitoria cuarta del Convenio colectivo para estudiar el ajuste de las tablas salariales en función de la dotación económica adicional de tarifa efectuada por CatSalut y SEM del 0,64%, con efectos 1 de enero de 2023, motivo por el cual es necesario adecuar las tablas salariales según los criterios acordados para ajustar los salarios al aumento de tarifa.
Se acuerda las tablas salariales adjuntas que las empresas tendrán que aplicar en la nómina de marzo, sin perjuicio de que los atrasos del año 2023, hasta el mes de febrero 2024, se tendrán que abonar al mes siguiente de la publicación de las tablas en el DOGC, sin perjuicio de que los salarios desde enero de 2024 quedan pendientes de los compromisos asumidos por CatSalut y SEM para poder aumentar las retribuciones actuales.
Se designa a Dídac Martinez, director de ACEA, para efectuar la publicación de esta acta.
Anexo I
Tablas salariales
Efecto 1 de enero 2023 (valores en euros)
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
Anexo 2
Tabla de antigüedad y nocturnidad para 2023
Efecto 1 de enero de 2023 (valores en euros)
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
Anexo 3
Efecto 1 de enero de 2023
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
