Última revisión
09/01/2025
Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (18000115011982) de Granada
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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Acuerdo de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO Código 18000115011982 DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRA PÚBLICA PARA GRANADA Y PROVINCIA, sobre CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2025. (Boletín Oficial de Granada num. 4 de 09/01/2025)
VISTO el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO Código 18000115011982 DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRA PÚBLICA PARA GRANADA Y PROVINCIA, sobre CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2025, acordado de una parte por ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE CONSTRUCTORES Y PROMOTORES DE GRANADA y de otra por U.G.T y C.C. O.O, presentado el día 18 de diciembre de 2024 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Granada,
ACUERDA:
PRIMERO.- Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de esta Delegación Territorial.
SEGUNDO.- Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Granada, a 22 de diciembre de 2024 Firmado por:
DELEGADO TERRITORIAL, JOSE JAVIER MARTIN CAÑIZARES
CALENDARIO LABORAL SECTOR CONSTRUCCIÓN DE GRANADA AÑO 2025
ENERO (19 días laborables). -
Miércoles 1 Día de año Nuevo (Fiesta Nacional)
Jueves 2 Festivo local *
Viernes 3 Ajuste de convenio
Lunes 6 Festivo autonómico (día de Reyes)
FEBRERO (19 días laborables). -
Viernes 28 Día de Andalucía (Fiesta Autonómica)
MARZO (20 días laborables). -
Lunes 3 Ajuste de convenio
ABRIL (19 días laborables). -
Miércoles 16 Ajuste de convenio (Miércoles Santo)
Jueves 17 Jueves Santo (festivo autonómico)
Viernes 18 Viernes Santo (festivo nacional)
MAYO (20 días laborables). -
Jueves 1 Día del Trabajo (Fiesta Nacional)
Viernes 2 Ajuste convenio
JUNIO (18 días laborables). ?
Miércoles 18 Ajuste de convenio
Jueves 19 Corpus Christi (festivo local Granada) *
Viernes 20 Ajuste convenio
JULIO (22 días laborables). ?
Lunes 21 Conmemoración huelga del 70 (Ajuste de convenio)
AGOSTO (19 días laborables). -
Jueves 14 Ajuste de convenio
Viernes 15 Asunción de la Virgen (Fiesta Nacional)
SEPTIEMBRE (22 días laborables). -
OCTUBRE (22 días laborables). -
Lunes 13 Festivo Nacional
NOVIEMBRE (20 días laborables). -
Sábado 1 Todos los Santos (Fiesta Nacional)
DICIEMBRE (18 días laborables). -
Sábado 6 Día de la Constitución (Fiesta Nacional)
Lunes 8 Festivo Inmaculada Concepción (Fiesta Nacional)
Miércoles 24 Ajuste de convenio
Jueves 25 Navidad (Fiesta nacional)
Viernes 26 Ajuste de convenio
Miércoles 31 Ajuste de convenio
(*) Las fiestas locales son referidas a Granada capital, a sustituir en cada localidad por las propias. En caso de que dichas fiestas locales coincidan con las fiestas de convenio o de ajuste de jornada, éstas se trasladarán al día de carácter hábil anterior o posterior.
El calendario laboral del sector de la Construcción ha sido elaborado conforme a la jornada de 1736 horas anuales, contemplándose en consecuencia 21 días laborables de vacaciones. Estableciéndose una jornada de 8 horas de lunes a viernes.
Este calendario es de aplicación para todas las empresas y trabajadores encuadrados en el sector de la Construcción y Obra Pública de la provincia de Granada.
ACUERDO DE JORNADA CONTINUADA PARA EL AÑO 2025
Las partes firmantes acuerdan para el 2025 establecer la jornada continuada de 8h de lunes a viernes con horario de 7 a 15 horas, como hora máxima, pudiendo acordar las empresas con la representación legal de los trabajadores el inicio de la jornada antes del horario fijado anteriormente y que comprende desde el 16 de junio y el 15 de agosto, ambos inclusive.
En relación con el tiempo de bocadillo las empresas aplicarán el criterio que venían mantenimiento en los últimos años.
Las empresas que desarrollen su actividad realizando infraestructuras de obra pública, podrán acordar con la representación legal de los trabajadores la modificación de la jornada continuada; siempre que el citado acuerdo se ajuste a los criterios recogidos en el Convenio Provincial vigente y estén motivados por posibles incumplimientos de plazos de ejecución de las citadas obras. De dicho acuerdo se dará traslado a la Autoridad Laboral competente, quedando dicha información a disposición de las partes firmantes del presente acuerdo.
