Convenio Colectivo de Sec... de Cuenca

Última revisión
24/11/2025

Revisión, Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (16000075011981) de Cuenca

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía Empresas y Empleo en Cuenca por la que se registra y publica el ACTA SOBRE ACUERDO DE SUBIDA SALARIAL Y APROBACIÓN DE TABLAS DE LOS AÑOS 2025 Y 2026, ASÍ COMO DEL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2026 DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA PARA LOS AÑOS 2022 A 2026. (Boletín Oficial de Cuenca num. 136 de 24/11/2025)

VISTO el texto del acta sobre acuerdo de subida salarial y aprobación de tablas de los años 2025 y 2026, así como del calendario laboral para el año 2026 del convenio colectivo para la construcción y obras públicas de la provincia de Cuenca para los años 2022 a 2026, (código de convenio nº 16000075011981), suscrita con fecha 18 de noviembre de 2025 , de una parte, de una parte por la representación empresarial la Asociación de Empresas de la Construcción y Afines de la Provincia de Cuenca( APYMEC) y de otra los sindicatos Comisiones Obreras (CCOO-HABITAT) y Unión General de Trabajadores (UGT-FICA) en representación de las personas trabajadoras y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91.4 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de Octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 713/2010 de 28 de Mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y el Decreto 64/2025, de 9 de septiembre por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo RESUELVE:

1º. Ordenar la inscripción de la citada ACTA SOBRE ACUERDO DE SUBIDA SALARIAL Y APROBACIÓN DE TABLAS DE LOS AÑOS 2025 Y 2026, ASÍ COMO DEL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2026 DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA PARA LOS AÑOS 2022 A 2026 en el correspondiente registro de convenios Colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de este Centro Directivo, con notificación a la comisión negociadora quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas.

2º. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. LA DELEGADA PROVINCIAL DE ECONOMIA, EMPRESAS Y EMPLEO ARANZAZU POVEDA MARTINEZ 

20 de noviembre de 2025

ACTA PARA LA DETERMINACION DEL INCREMENTO SALARIAL 2025 Y 2026 Y DEL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2026 EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA

En la Ciudad de Cuenca, en la sede social de la Asociación de Empresas de la Construcción y Afines de la Provincia de Cuenca (APYMEC), siendo las 13:00 horas del día 18 de noviembre de 2025, se reúnen: los representantes de los trabajadores por CC.OO de Hábitat, D. Juan Carlos García Montoya y por U.G.T.-FICA, D. Jesús Laín Calleja, y por los empresarios en representación de APYMEC, D. Rafael Cortés Contreras y D. Jesús Hontana Torremocha, a fin de proce der a la firma del acuerdo de subida salarial y aprobación de Tablas de los años 2025 y 2026, así como del calendario laboral para el año 2026 del Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca y Código 16000075011981.

Los reunidos llegan por unanimidad a los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Contenido del Convenio Colectivo General de la Construcción.

Asumir el contenido del Acta de la 24ª Reunión de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción en todo su contenido (BOE 23-09-2023) a la que las partes firmantes se remiten y dan por reproducido.

SEGUNDO.- Retribuciones Salariales de 2025 y 2026

En virtud del acuerdo alcanzado en la citada reunión, a raíz de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 55 del VII CGSC, como consecuencia de que la suma de la tasa anual del IPC general de los meses de diciembre de los años 2022, 2023 y 2024, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se situó en el 11,6 por 100, las tablas salariales de 2024 de del presente convenio provincial se incrementarán, con efectos de 1 de enero de 2025 en un 0,40 por ciento, sin efectos retroactivos, convirtiéndose en la base de partida para la negociación del incremento salarial de 2025. Asimismo, la contribución al plan de pensiones de 2024 se incrementará en la cantidad correspondiente al otro 0,4 por ciento, sin efectos retroactivos, convirtiéndose en la base de partida para la negociación de la contribución empresarial del 2025.

Partiendo de ahí, las Tablas Salariales Provinciales para el año 2025, se obtendrán al incrementar las tablas salariales provinciales del año 2024 en un 3,5 por ciento; la contribución al plan de pensiones para el año 2025 se obtendrá de añadir a la contribución al plan de pensiones del año 2024 el 0,50 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 del convenio, en la forma prevista en el artículo 55 del VII CGSC.

Para el año 2026, las tablas salariales del año 2025 se incrementarán en un 3,0 por ciento; y la contribución al plan de pensiones para este año 2026 se obtendrá de añadir a la contribución al plan de pensiones del año 2025 el 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2025 del convenio colectivo que resulte de aplicación, en la forma prevista en el artículo 22 del VII CGSC.

Se establece una cláusula de garantía salarial para 2025 y 2026, de manera que si la suma de la tasa anual del IPC general de los meses de diciembre de los años 2025 y 2026, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se situara en un nivel superior al 7,25 por ciento y siempre con un máximo de 9,25 por ciento, se incrementarán con efectos de 1 de enero de 2027 las tablas salariales del año 2026, sin efectos retroactivos, de manera que el 50,00 % de ese exceso irá en un 50,00 por ciento a incremento de las tablas salariales y el otro 50,00 por ciento a contribución al plan de pensiones de las personas trabajadoras en alta en la empresa a dicha fecha 1 de enero de 2027; la contribución al plan de pensiones se llevará a cabo en los términos y condiciones que se determinan en el Libro Tercero del VII CGSC, y para aquellas personas partícipes que se definen en el mismo.

El resultado se recoge en los siguientes Anexos a este Acta:

Anexo I: Tabla de Retribuciones 2024

Tabla de Retribuciones 2024 revisada (+0,4%). Sin efectos retroactivos Tabla de Retribuciones 2025 (2024+ 3,5 %).

Tabla de Retribuciones 2026 (2025 + 3%)

Anexo II: Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2024

Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2024 revisada (+0,4%) Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2025 (2024+3,5 %) Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2026 (2025+ 3%)

Anexo III: Tabla Plan Pensiones 2024

Tabla Plan Pensiones 2024 revisada (+0,4 %). Sin efectos retroactivos Tabla Plan Pensiones 2025 (2024+0,5%)

Tabla Plan Pensiones 2026 (2025+0,25%)

Las diferencias en cuanto a la revisión de las tablas salariales de 2025 se abonarán dentro del mes siguiente a su publicación en el BOP de Cuenca, conforme a la Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca.

Las contribuciones al plan de pensiones correspondientes a los meses del año 2025, anteriores a la publicación del Acta 24ª de la Comisión Paritaria del CGSC en el BOE, se ingresarán en la Entidad Depositaria dentro de los 90 días siguientes a dicha publicación(pendiente); las contribuciones correspondientes a los meses posteriores a la citada publicación, así como los del año 2026, se ingresarán en la fecha indicada en el artículo 28.4 del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción contenido en el artículo 240 del CGSC.

TERCERO.- Calendario Laboral 2026.

Para el año 2026 el Calendario Laboral se ajusta provisionalmente la jornada ordinaria anual en 1.736 horas efectivas.

En el caso de que en virtud de modificación legal o en el ámbito del Convenio Estatal el cómputo anual de 1.736 horas varíe, se producirá el consiguiente ajuste al alza o la baja en el plazo de 20 días desde su efectividad.

En ausencia de Calendario pactado antes del 30 de enero de 2026 en las empresas con la representación legal de los trabajadores en los centros de trabajo, distribuyendo la jornada laboral, se observará el presente Calendario establecido dentro del marco del Convenio Provincial, y en cada centro de trabajo la empresa expondrá, en lugar visible este Calendario Laboral pactado a nivel de Convenio Colectivo Provincial. Conforme al art. 49, en tal supuesto, en dicho Calendario se establecerían los días laborables y las horas diarias, que no podrán ser más de 9.

Dicho Calendario Laboral Provincial se adjunta a la presente Acta, como Anexo IV, con la denominación ?Calendario Laboral para el año 2026??.

CUARTO.- Dar traslado de la presente Acta con Tablas retributivas y el Calendario Laboral confeccionado al efecto ante la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha para que proceda a su registro, depósito y posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.

Sin otros asuntos que tratar, previa redacción, lectura y aprobación de la presente Acta de aprobación de Tablas Retributi- vas de los años 2025 y 2026, así como el Calendario laboral para 2026 (Anexos I, II, III y IV), suscribimos el mismo todos los reunidos en el lugar y fecha al principio indicados.

QUINTO.- Autorizar a Dª BEATRIZ MARÍA CALONGE PIZARRO, Delegada del Jurado Arbitral en Cuenca a realizar las gestiones de registro vía telemática de este Acta en el ámbito del Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca.

D. Jesús Hontana TorremochaD. Jesús Laín Calleja

Anexo I- III

(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)

Anexo IV

CALENDARIO LABORAL 2026

(ANEXO OMITIDO. CONSULTAR PDF DE PUBLICACIÓN)