Última revisión
22/03/2024
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de LIMPIEZAS DE EDIFICIOS Y LOCALES (35001105011981) de Las Palmas
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante
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Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Provincia de Las Palmas por el que se aprueba la revisión salarial para el 2024. (Boletín Oficial de Las Palmas num. 36 de 22/03/2024)
Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; así como el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 9/2020, de 20 de febrero, (BOC número 44, de 04/03/2020), esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
PRIMERO. Inscribir el citado Acuerdo en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de este Centro Directivo, y proceder a su depósito, con notificación a la Mesa Negociadora.
SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
A catorce de marzo de dos mil veinticuatro.
EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, José Ramón Rodríguez Albertus.
ACTA NÚMERO 2 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS.
REUNIDOS:
POR LA REPRESENTACIÓN SOCIAL:
CCOO:
- Don Alexis Herrera Marrero
- Don Juan Pedro Benítez Coruña.
- Don Adrián T. Rodríguez Afonso.
- Doña Sonia Castro Almenar.
- Doña Maximina Caldero García.
- Doña María del Pino Alonso Rodríguez.
- Don Juan Francisco Hernández Curquejo.
- Doña Luisa García García.
Asesora:
- Doña Elsa Posada Santana.
UGT:
- Doña Dolores Galván Pérez.
- Doña Carmen Gloria Déniz Marrero.
- Doña Juana Lugo Ojeda.
- Don Sergio Gil Rodríguez.
Asesora:
- Doña Ana Martín Martín.
STU:
- Doña Gloria Hernández Estupiñán.
- Don Tenesor Álvarez Ascanio.
- Doña Yaiza Medina Ojeda.
Asesor:
- Don Roberto Lozano Silva
POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
ASPEL:
- Doña Iris Padrón García.
- Don Gonzalo Gil del Águila.
- Doña Paula Álvarez Bengochea.
Asesora:
- Doña Cristina Ravelo Ferrer.
Apel:
- Don Gabriel Martín Betancor.
- Don Pedro Tejera Monzón.
- Don Francisco José González Peña.
- Don Jesús Manuel Ortiz Montesdeoca.
Asesor:
- Don Juan Antonio Rodríguez Montesdeoca.
En Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:30 horas del día 23 de enero de 2024, se reúnen las personas relacionadas al margen en la sede de Cecapyme en c/ Reyes Católicos, número 35, al objeto de celebrar reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Las Palmas.
- Se reconocen las partes intervinientes como interlocutores válidos y reconociendo su plena capacidad legal y representatividad suficiente para llevar a cabo la suscripción, como comisión negociadora, de los acuerdos contenidos en la presente acta.
La representación empresarial comienza el diálogo trasladando la problemática de costes empresariales que derivan del reciente incremento del Salario Mínimo Interprofesional y la complejidad de repercutir a los clientes el impacto anteriormente señalado, así como el posible incremento de convenio. Todo ello comporta que la representación empresarial ofrezca un 2,5% como oferta de incremento salarial para el ejercicio 2024 de conformidad al compromiso adquirido y reflejado en el acta número 1 de la comisión negociadora de fecha 13 de noviembre de 2023.
Por la parte social se solicita un receso con el fin de valorarla propuesta empresarial, y una vez reincorporadas las partes a la mesa de negociación del presente convenio provincial se hace constar que el incremento ofertado resulta insuficiente, dado que estamos ante las tablas salariales con menor incremento global respecto a los convenios provinciales en vigor. Por lo tanto, la parte social solicita un incremento del 3,8% sobre las tablas salariales de 2023.
Por la parte empresarial se solicita un nuevo receso a fin de valorar la propuesta social, y una vez reincorporadas las partes a la mesa de negociación, la parte empresarial ofrece un incremento final del 3,1% respecto de las tablas salariales correspondientes al ejercicio 2023 haciendo constar los mismos argumentos de impacto de costes señalados con anterioridad.
Finalmente, ambas partes acuerdan fijar un incremento del 3,1% sobre la masa salarial del 2023 para el ejercicio 2024.
Por lo tanto, todos los asistentes por unanimidad acuerdan lo siguiente:
- Prórroga del vigente convenio por una duración de UN AÑO que desplegará efectos entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 según acuerdo adoptado en acta de fecha 13 de noviembre de 2023.
- Incremento salarial de un 3,1% aplicable a las retribuciones devengadas a partir del 1/1/2024, que con los incrementos de antigüedad por año suponen un incremento adicional del 1,33% harán un total de incremento de la masa salarial anual del 4,43% como incremento total. Las tablas salariales que resultan de la aplicación del incremento anteriormente pactado serán de aplicación con efecto a enero de 2024, resultando que el abono de las mismas podrá efectuarse sin necesidad de esperar a su publicación definitiva en el BOP.
- Adjuntar las Tablas Salariales que resultan de la aplicación del porcentaje anteriormente mencionado para el año 2024 a esta acta como anexo I.
- Las tablas del plus equiparación quedarán pendientes a la publicación de la instrucción sobre régimen y cuantía de las retribuciones del personal adscrito a los órganos de prestación del Servicio Canario de Salud.
- Para aquellas categorías profesionales insertadas en las tablas salariales que en cómputo anual no alcancen la retribución correspondiente al SMI (según BOE de aplicación para 2024) se aplicará el correspondiente Plus a cuenta SMI del vigente convenio que en su Disposición Final I señala:
Este complemento salarial retribuirá, en su caso, las posibles diferencias salariales existentes entre las retribuciones brutas anuales del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Las Palmas más las retribuciones y complementos recogidos en el punto 3 y el salario mínimo interprofesional aprobado por el Gobierno para cada año.
1. Este complemento retributivo que en esta disposición se pacta trae causa de la subida del Salario Mínimo Interprofesional que se publique en el BOE para el año 2024.
2. Las condiciones pactadas en esta disposición final forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación, serán consideradas globalmente, no admitiéndose por tanto aplicación parcial de sus pactos
3. Las empresas abonarán a las personas trabajadoras, en concepto de ?Plus SMI?, la diferencia existente conforme a las siguientes reglas:
CONCEPTOS A EFECTOS DE CÁLCULO.
Se adicionarán para el cálculo todos los ingresos que por todos los conceptos viniesen percibiendo los trabajadores en cómputo anual, incluidos los complementos salariales a los que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los Trabajadores aprobado por R.D.L. 2/2015 de 23 de octubre.
FORMA DE PAGO
El abono del Plus de Equiparación en su cuantía anual se efectuará mediante su prorrateo en doce pagas, es decir, en las doce mensualidades ordinarias.
Las cuantías en los casos de jornada parcial se abonarán en la proporción correspondiente.
En prueba de conformidad firman la presente acta en la representación que ostentan, las personas arriba reseñadas.
- ACUERDAN AUTORIZAR a doña Elsa Posada Santana, con D.N.I. ***645.78***, indistintamente para gestionar todo lo relativo al registro ante la autoridad laboral competente y de la forma establecida según la legislación vigente de la ?Prórroga de CONVENIO COLECTIVO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS para el año 2024, así como el incremento salarial acordado para dicha vigencia,? documentos que adjuntamos a esta acta.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión, siendo las 12:00 horas del día arriba indicado, firmando todos los asistentes en prueba de su conformidad.
ASPEL, firmado.
APEL, firmado.
CCOO, firmado.
UGT, firmado.
STU,firmado
ANEXO I TABLA SALARIAL
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)
