Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
09/04/2025

C. Colectivo. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA (41002345011981) de Sevilla

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Convenio Colectivo del sector de servicio público de transporte de mercancías por carretera, con vigencia del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027. (Boletín Oficial de Sevilla num. 68 de 09/04/2025)

Convenio o Acuerdo: TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA (AETRANS)

Expediente: 41/01/0080/2025

Fecha: 07/04/2025

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

Destinatario: FRANCISCO MARTINEZ MOREJON

Código 41002345011981.

VISTO el Convenio Colectivo del Sector Servicio Público de Transporte de Mercancías por Carretera (código 41002345011981), suscrito por la patronal AETRANS y las Centrales Sindicales UGT y CCOO, con vigencia desde el 1-01- 2024 a 31-12-2027.

VISTO lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (E.T.), por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (BOE 255, de 24/10/2015), de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.

VISTO lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE 143, de 12/06/2010), sobre ?registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad?, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.

VISTO lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE n.º 143 de 12 de junio), Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155 /2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en concordancia con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, que regula la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

Esta Delegación Territorial,

ACUERDA:

PRIMERO.- Registrar y ordenar la inscripción del Convenio Colectivo del Sector Servicio Público de Transporte de Mercancías por Carretera (código 41002345011981), suscrito por la patronal AETRANS y las Centrales Sindicales UGT y CCOO, con vigencia desde el 1-01- 2024 a 31-12-2027.

SEGUNDO.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

DELEGADO TERRITORIAL DE EMPLEO,

ANTONIO AUGUSTIN VAZQUEZ

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL SECTOR DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTES DE MERCANCIAS POR CARRETERA 2024-2027

(TEXTO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)