Convenio Colectivo de Emp... de Burgos

Última revisión
22/03/2024

Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de U.T.E. MIRANDA DE EBRO (VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A. - INBISA SERVICIOS Y MEDIO AMBIENTE, S.A.) (09100062012012) de Burgos

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Calendario laboral para el año 2024 correspondiente al convenio colectivo de la empresa Prezero España, S.A.U. (Boletín Oficial de Burgos num. 59 de 22/03/2024)

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Delegación TerriTorial De Burgos oficina Territorial de Trabajo

Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos por la que se dispone la inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos del calendario laboral para el año 2024 correspondiente al convenio colectivo de la empresa Prezero España, S.A.U. (antes Cespa, S.A.) para su centro de trabajo de Miranda de Ebro (BU). (C.C. 09100062012012).

Visto el acuerdo de fecha 29 de enero de 2024, suscrito por la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Prezero España, S.A.U., para su centro de trabajo de Miranda de Ebro (Burgos) por el que se aprueba el calendario laboral para el año 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (BOE 12/06/2010), Real Decreto 831/95, de 30 de mayo, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Trabajo y Orden PRE/813/2022, de 5 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo.

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero. ? Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisión negociadora.

Segundo. ? Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

En Burgos, a 11 de marzo de 2024.

La jefa de la Oficina Territorial de Trabajo,

Florentina Saiz Saiz

CALENDARIO LABORAL 2024

(IMAGEN OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Jornada anual de lunes a sábado (no festivos): 1.569,00 horas.

Jornada anual máxima de lunes a domingo: 1.630,00 horas.

SERVICIO DE OPERARIO/A LIMPIEZA:

? Mañana: de 6:00 a 12:00 horas.

? Tarde: de 13:00 a 19:00 horas.

Durante los meses de julio y agosto el servicio de tarde, no se llevará a cabo, exceptuando el servicio de mercadillo que se realizará los sábados correspondientes, quedando el horario, de la siguiente manera, servicio de mercadillo: de 18:00 a 21:00 horas.

? Festivos: de 7:00 a 12:00 horas.

SERVICIO DE OPERARIO/A LIMPIEZA CONDUCTOR/A:

? Mañana: de 6:00 a 12:00 horas.

? Tarde: de 13:00 a 19:00 horas.

Durante los meses de julio y agosto el servicio de tarde, no se llevará a cabo, exceptuando el servicio de mercadillo que se realizará los sábados correspondientes, quedando el horario, de la siguiente manera, servicio de mercadillo: de 18:00 a 21:00 horas.

? Festivos: de 7:00 a 12:00 horas.

SERVICIO DE CONDUCTOR/A NOCHE:

? Mañana: de 6:00 a 11:50 horas.

? Noche: de 22:00 a 4:30 horas.

? Festivos: de 22:00 a 3:20 horas.

? Servicio de mercadillo: de 6:00 a 8:50 horas y de 15:00 a 18:00 horas.

Este horario durante los meses de julio y agosto, se verá modificado, siendo el mismo, el siguiente: de 6:00 a 8:50 horas y de 18:00 a 21:00 horas.

SERVICIO DE CARTÓN COMERCIAL Y DESBORDES:

? Mañana: de 9:00 a 15:00 horas.

ALCANTARILLADO:

? Mañana: lunes a viernes: de 8:00 a 15:00 horas.

TALLER:

? Mañana: lunes a viernes: de 7:00 a 14:00 horas.

? Sábados: de 7:00 a 12:00 horas.

ADMINISTRACIÓN:

? Mañana: lunes a viernes: de 8:00 a 15:00 horas.

En aras de conciliar la vida laboral y familiar, los días de nochebuena y nochevieja, en los servicios de conductores/as noche, el inicio de dichos trabajos será a las 14 horas.

En los servicio de navidad y Año nuevo, los servicios de mañana se modificará su horario de entrada a las 8:00 horas.

En la recogida de la fracción selectiva, el horario puede sufrir alguna variación puntual por necesidades del servicio.

Por la empresa

(ilegible)

Por el comité de empresa, siguen varias firmas (ilegible)