Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
09/02/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (41002445011982) de Sevilla

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector de industrias siderometalúrgicas de Sevilla actualizando conceptos salariales para 2026 (Boletín Oficial de Sevilla num. 26 de 09/02/2026)

Convenio o Acuerdo: INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS DE SEVILLA

Expediente: 41/01/0026/2026 Fecha: 03/02/2026

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN 

Destinatario: FRANCISCO JAVIER MORENO MURUVE Código 41002445011982.

VISTO el Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Industrias Siderometalurgicas de Sevilla (Código 41002445011982), actualizando conceptos salariales para 2026.

VISTO lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (E.T.), por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (BOE 255, de 24/10/2015), de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.

VISTO lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE 143, de 12/06/2010), sobre ?registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad?, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.

VISTO lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE n.º 143 de 12 de junio), Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en concordancia con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, que regula la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

ACUERDA:

PRIMERO.- Registrar y ordenar el Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Industrias Siderometalurgicas de Sevilla (Código 41002445011982), actualizando conceptos salariales para 2026.

SEGUNDO.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

DELEGADO TERRITORIAL DE EMPLEO, ANTONIO AUGUSTIN VAZQUEZ

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

En la ciudad de Sevilla, siendo las 10.30 horas del día 21 de enero de 2026, se reúnen en la Sala de Junta de la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME) los integrantes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas de Sevilla abajo firmantes

POR FEDEME:

D. Carlos Jacinto Marín Dª. Ana Cañavate Cazorla

Por CCOO:

D. Francisco Suarez Sayago

D. Isaac García Jiménez

Por UGT:

D. Jorge Mira Fernández

D. Carlos Parra Gómez

Los intervinientes declaran constituida la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Siderometalúrgico de Sevilla y, seguidamente, atendiendo a lo establecido en el artículo número 14, punto primero, del texto articulado con vigencia de 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026, convienen fijar los siguientes:

ACUERDOS

1) Aprobar la ?Tabla de salarios diarios para las Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Sevilla con efecto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 (3%) ?(Anexo II).

2) Aprobar las cuantías correspondientes al año 2026 para los pluses que el referido Convenio Colectivo regula y cuyos importes, a continuación, se reproducen:

a) Plus de festivos y domingos (Art. 14.9): 42,44 euros.

b) Plus de personas con discapacidad (Art. 14.10): 24,91 euros.

c) Plus triple turno (Art. 14.11): 3,28 euros.

d) Plus de doble turno (Art. 14.11): 2,38 euros.

e) Plus de hospital (Art. 14.13): 3,06 euros.

f) Absentismo (Art. 18): 32,31 euros.

g) Plus de bocadillo (Art.13): 2,38 euros

h) Plus transporte (Art.14.15): 4,69 euros.

3) Aprobar el Anexo VI ?Salario base por categorías profesionales a efectos del valor de quinquenios del 01.01.2026 al 31.12.2026?.

4) Aprobar el Anexo XI ?Tabla de precios de hora extraordinaria según grupos profesionales 2026 (Art.14.6 CC)?.

5) Asimismo, aprobar los importes de dietas 2026, que tendrán efectividad desde el 1 de enero de 2026.

Dietas (Art. 15):

Media: 14,83 euros

Completa: 59,67 euros

Completa en el extranjero: 68,62 euros. Canasto: 9,76 euros.

Dietas Montaje (Art. 10):

Media: 12,28 euros

Completa: 56,47 euros

6) Registrar electrónicamente la presente Acta y sus Anexos ante la Autoridad Laboral interesando su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión siendo las 12.00 horas del día mencionado al comienzo, redactándose la presente acta que es firmada por los señores asistentes en sus respectivas representaciones, en prueba de conformidad.

ANEXOS: TABLA DE SALARIOS

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)