Última revisión
30/03/2026
Demanda de contestación a reconvención tras demanda por atropello
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Orden: civil
Fecha última revisión: 30/03/2026
En su apartado 2.º, el art. 438 de la LEC indica que en los juicios verbales se admitirá la reconvención siempre que no determine la improcedencia del juicio verbal y exista conexión entre las pretensiones de la reconvención y las que sean objeto de la demanda principal.
Admitida la reconvención se regirá por las normas previstas en el juicio ordinario, salvo el plazo para su contestación que será de diez días.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
Procedimiento: Juicio verbal.
Autos: [NÚMERO]/[NÚMERO].
A LA PLAZA N.º [NÚMERO] DE LA SECCIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, n.º de colegiado/a [NÚMERO] en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] con DNI [NÚMERO], cuya representación se acredita por medio de poder [NOTARIAL/APUD ACTA] copia del cual a...
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