Carta de comunicación a la persona trabajadora de la finalización del teletrabajo o trabajo a distancia
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Carta de comunicación a l... distancia

Última revisión
29/07/2021

Carta de comunicación a la persona trabajadora de la finalización del teletrabajo o trabajo a distancia

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 29/07/2021

Resumen:

El capítulo II de la Ley 10/2021, de 9 de julio (ex Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre), se ocupa del acuerdo de trabajo a distancia, de las obligaciones formales vinculadas al mismo, subrayando su carácter voluntario para ambas partes, la adopción expresa de un acuerdo escrito con un contenido mínimo, ya de manera inicial o ya sobrevenida, la no afectación al estatus laboral de la persona trabajadora, el ejercicio de la reversibilidad, el carácter acordado de las modificaciones del acuerdo y la ordenación de las prioridades de acceso, así como la remisión a la negociación colectiva en el procedimiento y criterios que deben de seguirse, debiéndose evitar la perpetuación de roles de género y fomentando la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.

La decisión de trabajar a distancia desde una modalidad de trabajo presencial será reversible para la empresa y la persona trabajadora. El ejercicio de esta reversibilidad podrá ejercerse en los términos establecidos en la negociación colectiva o, en su defecto, en los fijados en el acuerdo de trabajo a distancia.

 


En [LUGAR], a [FECHA].

[DATOS_EMPRESA]

 

Sr./Sra. D./D.ª  [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].

Muy Sr./Sra. Mío/a:


Por la presente desde la dirección de esta mercantil le comunicamos, que, toda vez viene participando en el programa de teletrabajo implantado (1) desde el pasado [FECHA], habiendo considerado que en este momento resulta más conveniente que desarrolle su actividad en modo presencial, se pone fin a su participación en el citado programa (1). Esta finalización causa efecto el próximo [FECHA], tal y como se fijó en el acuerdo de trabajo a distancia. (2)

Todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia (ex Real decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre), en el cual en su artículo 7 hace referencia al contenido mínimo obligatoria del trabajo a distancia en el que figura en su apartado l), la duración del acuerdo de trabajo a distancia.

Por su parte, en el artículo 8 de la citada Ley 10/2021 se establece la modificación del acuerdo de trabajo a distancia y ordenación de prioridad, en el cual en su apartado 3 hace referencia a que los convenios o acuerdos colectivos podrán establecer los mecanismos y criterios por los que la persona que realiza el trabajo presencial puede pasar a trabajo a distancia y viceversa.

Del mismo modo, se le recuerda su obligación de devolver todos los medios técnicos y la documentación que se le ha entregado para desarrollar su actividad en modo teletrabajo, quedando la empresa liberada de los compromisos de pago de los costes derivados del teletrabajo asumidos hasta la fecha indicada.

Con la finalización de su participación en el programa de teletrabajo (1), vuelve a gozar de los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores de su misma categoría laboral que llevan a cabo su actividad en las oficinas de la empresa, y que en su caso serán:

  • [ESPECIFICAR_HORARIO].
  • [ESPECIFICAR_PLUSES POR ASISTENCIA].
  • [ESPECIFICAR_OTRAS_CONDICIONES].

Sin otro particular que comunicarle, se despide atentamente, 

[SELLO_FIRMA_EMPRESA]

La empresa.

RECIBÍ

[FIRMA]

D./D.ª  [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].

 

(1) Especificar modo de concesión del teletrabajo. A modo de ejemplo: «en base al art. [NUMERO] del [CONVENIO_COLECTIVO_APLICABLE]»;«tras acuerdo alcanzado entre las partes», etc.

(2) Consignar fecha con el periodo de preaviso necesario para que el trabajador se adapte a su nueva situación en base a acuerdo o convenio colectivo.

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