Última revisión
20/11/2025
Carta de despido por causas objetivas (externalización de servicios)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 20/11/2025
La extinción del contrato de trabajo que deriva de una «externalización de servicios» se puede considerar producida por causas organizativas o productivas a efectos del apdo. c) del art. 52 del ET, si efectivamente la decisión empresarial responde a «necesidades acreditadas» en el funcionamiento de la empresa.
En [LOCALIDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS_EMPRESA].
D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
De conformidad con lo previsto en en los artículos 52.c) y 53 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (1), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, le comunicamos la extinción objetiva de su contrato de trabajo por causas organizativas, con efecto...
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