Última revisión
03/12/2025
Carta de despido por causas objetivas para un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 03/12/2025
A pesar de que los contratos formativos no generan derecho a recibir indemnización por expiración del tiempo convenido [letra c) del artículo 49.1 del ET], el despido por cualquier causa (objetivo) debe indemnizarse como cualquier otra modalidad contractual.
Para que este despido objetivo no sea considerado nulo o improcedente debe ajustarse a los siguientes requisitos formales.
- Comunicación escrita al trabajador expresando la causa.
- Poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
- Concesión de un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo.
El presente modelo permite la formalización de un despido objetivo sobre un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.
En [PROVINCIA], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS_EMPRESA]
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
De conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, por la presente se le comunica la extinción de su contrato formativo para la obtención de la práctica profe...
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