Última revisión
Carta de despido disciplinario (embriaguez habitual/toxicomanía)
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
A tenor del art. 54.2 letra f) del Estatuto de los Trabajadores (ET), el contrato de trabajo podrá extinguirse por despido disciplinario, basado en La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
Mediante el siguiente formulario será posible dar cumplimiento a las exigencias formales previstas por el art. 55 ET, que dispone que el despido disciplinario deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos, sin perjuicio de que convencionalmente puedan establecerse otras exigencias formales. Por ello, la carta de despido habrá de relatar los actos del trabajador, incluyendo gestos y palabras representativos de la alteración de la persona por efecto del consumo de alcohol o de estupefacientes, argumentando la existencia de repercusiones negativas en el trabajo por razón de la embriaguez reiterada.
(Ver Sentencia Social N.º 1161/2017, Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 568/2017 de 09 de Mayo de 2017 para conocer la doctrina jurisprudencial de nuestros tribunales en torno a los requisitos formales para la procedencia del despido disciplinario por embriaguez habitual).
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
[DATOS_EMPRESA]
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_a]
Muy Sr./Sra. mío/a:
Por la presente, la dirección de la empresa lamenta comunicarle que ha tomado la …
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