Última revisión
20/11/2025
Carta de despido objetivo por causas económicas con ejercicio del derecho a diferir el pago de la indemnización (art. 53.1 b) ET)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 20/11/2025
Según el art. 53.1.b) del ET sólo es posible diferir el pago de la indemnización hasta la fecha efectiva del despido por causas económicas, de manera excepcional y de forma muy restrictiva, debiendo cumplirse tres condiciones:
- Que sea trate de un despido por causas económicas, previsto en el art. 52.c) del ET.
- Que exista imposibilidad de poner la indemnización a disposición del trabajador.
- Que esta imposibilidad se señale en la comunicación por escrito del cese.
[NOMBRE_EMPRESA].
[DOMICILIO_SOCIAL].
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de[AÑO].
D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
Muy Sr./a. nuestro/a:
La Dirección de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] le comunica mediante la presente, y al amparo de los artículos 52.c) y 53 del Estatuto de los Trabajadores , nuestra decisión de extinguir su contrato de trabajo con efectos a partir del día [fecha de efectos], por...
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