Última revisión
Carta de sanción por falta muy grave ante revelación a terceros de cualquier información de reserva obligada causando perjuicio a la empresa.
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 28/07/2022
Resumen:
Las empresas podrán sancionar los incumplimientos laborales de los trabajadores de conformidad a la graduación de las faltas y sanciones que se establezca para cada caso en el convenio colectivo aplicable como faltas leves, graves y muy graves. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la empresa serán siempre revisables ante la jurisdicción competente. El trabajador podrá impugnar la sanción que le hubiere sido impuesta mediante demanda, correspondiendo al empresario probar la realidad de los hechos imputados.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
[DATOS_EMPRESA]
A la Att. D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA]
Muy señor/a nuestro/a:
La dirección de esta entidad ha decidido imponerle una SANCIÓN POR FALTA …
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