Última revisión
Carta de sanción leve al trabajador por consumo de drogas no habitual en el trabajo
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
A tenor del art. 58 del estatuto de los Trabajadores «1. Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable.
2. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la empresa serán siempre revisables ante la jurisdicción social. La sanción de las faltas graves y muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.
3. No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber.»
La falta leve o amonestación es la sanción disciplinaria de menor gravedad que se puede imponer a un trabajador. Debe contener de forma clara y puntual la falta que se le imputa al trabajador. El siguiente modelo permite la comunicación al trabajador de una sanción leve por consumo de drogas de forma no habitual en el trabajo.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE].
Muy Señor/a nuestro/a:
La dirección de esta entidad ha decidido imponerle una amonestación por escrito ante el suceso por usted …
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