Certificado de deuda y re...pietarios)

Última revisión
01/01/2023

Certificado de deuda y requerimiento de pago (comunidades de propietarios)

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Siguiendo lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Propiedad Horizontal, la comunidad de propietarios responderá de sus deudas frente a terceros con todos los fondos y créditos a su favor. Subsidiariamente y previo requerimiento de pago al propietario respectivo, el acreedor podrá dirigirse contra cada propietario que hubiese sido parte en el correspondiente proceso por la cuota que le corresponda en el importe insatisfecho.

Cualquier propietario podrá oponerse a la ejecución si acredita que se encuentra al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad en el momento de formularse el requerimiento a que se refiere el apartado anterior.

Si el deudor pagase en el acto de requerimiento, serán de su cargo las costas causadas hasta ese momento en la parte proporcional que le corresponda. 


CERTIFICACIÓN DE DEUDA Y REQUERIMIENTO DE PAGO

 

En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].

En la Junta General celebrada por la Comunidad de Propietarios de [DESCRIPCION] (1), entre otras cosas, se aprobó la liquidación de la deuda que usted tiene contraída con esta Comunidad y que corresponde al detalle que a continuación se indica:

 

«A la vista de las cuentas presentadas y tras la debida deliberación se comprueba que la propiedad de las viviendas/locales [DESCRIPCION], han dejado de satisfacer los recibos de cuota ordinaria, y en su caso extraordinaria, que a continuación se indican:

La vivienda/local [DESCRIPCION], cuyo propietario es D./D.ª [NOMBRE] y su titular registral D./D.ª [NOMBRE] debe a fecha de [FECHA] la totalidad de [CANTIDAD] euros, resultantes del impago de un número total de [NUMERO] recibos de cuota ordinaria de los meses [MES][MES] y un número total de [NUMERO] recibos de cuota extraordinaria de los meses de [MES][MES].»

 

Le hacemos constar por la presente que si en el plazo improrrogable de DIEZ DÍAS no satisface el importe total de la deuda mediante ingreso en la C/C número [NUMERO] que la Comunidad tiene abierta en la Entidad Bancaria [NOMBRE_EMPRESA], se procederá a su reclamación por vía judicial, solicitando igualmente el embargo de su propiedad en garantía del pago de sus obligaciones.

Atentamente,

En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de 20[AÑO].

SECRETARIO-ADMINISTRADOR

 

(1) Especificar el nombre de la Comunidad de Propietarios en caso de existir, o bien la dirección de la misma.

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