Clausula contractual fijando un rendimiento mínimo del trabajador
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Clausula contractual fija...trabajador

Última revisión
08/02/2024

Clausula contractual fijando un rendimiento mínimo del trabajador

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 08/02/2024

Resumen:

El art. 49.1 b) del Estatuto de los Trabajadores, autoriza con carácter general, la extinción del contrato de trabajo por las causas en él válidamente consignadas, salvo que constituyan abuso manifiesto de derecho por parte de empresario.

La posibilidad de fijación de unos mínimos de rendimiento que el trabajador ha de cumplir es una conducta contemplada por el legislador a través de dos normas distintas, originando dos posibles vías extintivas: de un lado lo dispuesto por el art. 54.2 e) ET el despido disciplinario, y de otro el art. 49.1 b) del ET. En el último caso, el ET no contempla como exigencias para el funcionamiento de esta vía extintiva que la disminución de rendimiento cumpla con los requisitos de continuidad y voluntariedad; lo cual supone una mayor simplicidad a la hora de la extinción de la relación laboral; todo ello al margen de que no sería necesario el cumplimiento de los requisitos formales del art. 55 del ET.

No es posible establecer cláusulas de rendimiento abusivases decir, notablemente superiores a los rendimientos ordinarios; o sobrepasando los límites normales del ejercicio del Derecho (art. 7.2 del Código Civil). Dicho de otra manera, dentro de los límites de abuso se incluye no sólo el establecimiento de pactos de rendimiento excesivos, sino que incluye también aquellos supuestos en que la disminución del rendimiento es ínfima o insignificante respecto del límite pactado. Es decir, que, en buena medida, para que funcione el art. 49.1 b), hemos de estar ante una disminución de cierta entidad: grave.

Modelo genérico de clausula adicional al contrato de trabajo donde se pacta un rendimiento mínimo que debe alcanzar el/la trabajadora/a permitiendo a la empresa la facultad de extinguir unilateralmente el contrato de trabajo sin derecho a indemnización alguna en caso de que el trabajador durante un periodo determinado no cumpla los objetivos pactados.


Cláusula núm. [NUMERO]

El/la trabajador/a D./Dña. [TRABAJADOR_A], y la empresa [EMPRESA], acuerdan el siguiente rendimiento mínimo exigible por parte de la empresa:

- [DESCRIPCIÓN]. (1)

- [DESCRIPCIÓN].

- [DESCRIPCIÓN].

En caso de que el/la trabajador/a durante el periodo de [NÚMERO] meses no cumpla los objetivos durante [NÚMERO] meses consecutivos o [NÚMERO] meses no consecutivos, la empresa se reserva la facultad de extinguir

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