Última revisión
Compromiso de retorno en autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena de duración determinada
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 11/01/2024
Resumen:
De acuerdo con el artículo 172 del RELOEX, se requiere la presentación de una documentación agrupada que incluye pasaporte, certificado de antecedentes penales, certificado médico, contratos de trabajadores y compromisos de retorno, en un plazo máximo de dos meses. El visado se emitirá en un plazo máximo de cinco días, con una vigencia igual al periodo autorizado para residir y trabajar, con un máximo de nueve meses. En caso de que en el plazo de un mes desde la entrada en España no se haya informado del alta en el régimen de Seguridad Social, se podrá resolver la extinción de la autorización. Además, los trabajadores estarán exceptuados de la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
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