Última revisión
08/02/2024
Comunicación por parte de la empresa a los trabajadores de la prohibición de fumar en el centro de trabajo
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 08/02/2024
Por aplicación del art. 7.a) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en los centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
[NOMBRE_EMPRESA]
A la att. de los/as trabajadores/as de [NOMBRE_EMPRESA]
La Dirección de esta Empresa les comunica por medio del presente escrito, que dentro del poder de dirección y control establecido por el art. 20 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ...
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