Última revisión
Comunicación del instructor y secretario a la dirección de la empresa/trabajador de la resolución del expediente contradictorio
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 06/09/2024
Resumen:
El expediente contradictorio o disciplinario es un requisito regulado en el apartado 1 del art. 55 del Estatuto de los Trabajadores «Cuando el trabajador fuera representante legal de los trabajadores o delegado sindical procederá la apertura de expediente contradictorio, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese» y en la letra a) del art. 68 del ET, por el que en caso de que un representante legal de los trabajadores o de un delegado sindical fuese despedido, será necesario la apertura de un expediente, en el que serán oídos, además del interesado, los restantes miembros de la representación a que perteneciere, si los hubiese.
La empresa ha de aportar un pliego de cargos en el que se den a conocer los motivos del despido, por lo que será necesario realizar una descripción de los hechos y cargos que permita una posterior defensa al trabajador, que contestará mediante un pliego de descargos.
El presente modelo permite la comunicación, por parte del instructor y secretario del procedimiento a la dirección de la empresa y al trabajador, de la resolución del expediente contradictorio tras haber cumplido con los trámites establecidos.
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE].
Sr./Sra. D./D.ª [NOMBRE].
A [NOMBRE_TRABAJADOR].
Muy Sres. nuestros:
A la vista de los trámites legalmente establecidos en el expediente contradictorio incoado a D./D.ª …
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