Última revisión
01/01/2024
Comunicación a los representantes legales de los trabajadores de la imposición de sanción de despido disciplinario derivada de falta muy grave
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2024
El comité de empresa tendrá derecho a ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves conforme con el artículo 62.4.c) del ET.
El artículo 10.3.3º de la Ley de libertad sindical, establece el derecho a «Ser oídos por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su sindicato en particular, y especialmente en los despidos y sanciones de estos últimos»
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
[DATOS_EMPRESA]
Sr./Sra. D./D.ª Presidente del comité de empresa
Muy señores míos:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64.4, letra c) del Estatuto de los Trabajadores, y arts. 10.3.3.º, LOLS, en el que se establece la obligatoriedad de informarles de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves, pongo en su conocimiento que esta dirección ha...
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