Comunicación al Registro Central de Extranjeros de cambios de situación (art. 214 RLOEX)
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Comunicación al Registro Central de Extranjeros de cambios de situación (art. 214 RLOEX)
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Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 12/01/2024
Resumen:
Los extranjeros autorizados a permanecer en España estarán obligados a poner en conocimiento de la oficina de extranjería o de la comisaría de policía correspondientes al lugar donde residan o permanezcan los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil. Dicha comunicación deberá realizarse en el plazo máximo de un mes desde que se produjese el cambio o modificación y deberá ir acompañada de los documentos que acrediten dichos cambios.