Última revisión
01/01/2023
Comunicación al trabajador de ausencias injustificadas al trabajo y procedimiento para su descuento en nómina
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Aunque no existe precepto normativo alguno que disponga expresamente el descuento salarial de los importes correspondientes a las ausencias injustificadas de la persona trabajadora, siempre teniendo en cuenta lo expuesto en el convenio colectivo, la empresa tendrá derecho a descontar del salario el día u horas de ausencia injustificadas sin que tal detracción suponga sanción alguna.
El descuento se realizará sobre el salario percibido más la parte proporcional del descanso semanal retribuido y la proporcional de las pagas extraordinarias.
La empresa deberá cotizar por la base mínima de cotización correspondiente (alta sin remuneración).
Con arreglo a lo expuesto, el siguiente modelo permite a la empresa comunicar a la persona trabajadora la deducción en nómina de los importes correspondientes a sus ausencias injustificadas.
[DATOS_EMPRESA]
D./D.ª: [NOMBRE_TRABAJADOR].
DNI.: [DNI_TRABAJADOR/A].
CATEGORÍA PROFESIONAL: [CATEGORIA_TRABAJADOR/A].
PUESTO DESEMPEÑADO: [PUESTO_LABORAL_TRABAJADOR/A].
ANTIGÜEDAD: [ANTIGÜEDAD _TRABAJADOR/A].
AUSENCIAS INJUSTIFICADAS: (1)
- DÍA [DIA] de [MES] de [AÑO]. HORA [HORA_AUSENCIA].
- DÍA [DIA] de [MES] de [AÑO]. HORA [HORA_AUSENCIA].
- DÍA [DIA] de [MES] de [...
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