Última revisión
Contrato de arrendamiento de lugar acasarado (GALICIA)
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 12/03/2019
Resumen:
La figura jurídica de "lugar acasarado" está regulada en la sección 2.ª del capítulo I del título VII de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia. Esta institución se entiende como "el conjunto formado por la casa de labor, edificaciones, dependencias y fincas, aunque no sean colindantes, así como toda clase de ganado, maquinaria, aperos de labranza e instalaciones que constituyan una unidad orgánica de explotación agropecuaria, forestal o mixta."
En [LUGAR] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, en concepto de arrendador/a Dº/Dña [NOMBRE] mayor de edad, con DNI [NÚMERO], y domicilio en [DOMICILIO] de [LOCALIDAD], en lo sucesivo el ARRENDADOR
De otra parte, en concepto de arrendatario/a, Dº/Dña [NOMBRE] mayor de edad, profesional de la ganadería, con DNI [NÚMERO] y con domicilio en [DOMICILIO] de [LOCALIDAD], en lo sucesivo el ARRENDATARIO
Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, reconociéndose mutuamente legitimación y capacidad legal suficiente para otorgar el presente
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LUGAR ACASARADO de la maquinaria y ganado,
A tal efecto
EXPONEN
I. Que el ARRENDADOR es el legítimo titular de la casa sita en [DESCRIPCIÓN], inscrita en el Registro de la Propiedad de [LUGAR] al Libro[ESPECIFICAR], Tomo [NÚMERO], página [NÚMERO]
Lindes: [ESPECIFICAR]
Título: [ESPECIFICAR]
Así como de la ganadería, maquinaria y fincas colindantes [DESCRIPCIÓN]
Constituyen todo lo descrito una unidad orgánica de explotación
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