Última revisión
01/03/2019
Contrato de arrendamiento rústico (GALICIA)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/03/2019
El título VII de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho Civil de Galicia regula en su capítulo I, los arrendamientos rústicos, debido a la gran tradición que esta figura tuvo a lo largo del tráfico jurídico gallego.
Se regirán por los pactos libremente establecidos entre las partes, por las normas del capítulo I, así como por los usos y costumbres que les sean de aplicación.
Supletoriamente se aplica el Código Civil.
En [LUGAR] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, en concepto de ARRENDADOR/A Dº/Dña [NOMBRE] mayor de edad, con DNI [NÚMERO], y domicilio en [DOMICILIO] de [LOCALIDAD], en lo sucesivo el ARRENDADOR/A
De otra parte, en concepto de ARRENDATARIO/A, Dº/Dña [NOMBRE] mayor de edad, profesional de la ganadería, con DNI [NÚMERO] y con domicilio en [DOMICILIO] de ...
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