Contrato de arrendamiento de solar urbano
Formularios
Contrato de arrendamiento...lar urbano

Última revisión
15/03/2019

Contrato de arrendamiento de solar urbano

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Relacionados:

Orden: civil

Fecha última revisión: 15/03/2019

Resumen:

En el caso de arrendamientos de solares se estará a la voluntad de las partes, y complementariamente, a la regulación general de los arrendamientos, contenida en el artículo 1546 del Código Civil y siguientes.


En [LUGAR], a [FECHA] 

REUNIDOS 

De una parte, D./Dña. [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO CLIENTE], y DNI nº [NÚMERO], en lo sucesivo el ARRENDADOR. 

Y de otra parte, D./Dña. [NOMBRE PARTE CONTRARIA], mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO PARTE CONTRARIA], y DNI número [NÚMERO], en lo sucesivo el ARRENDATARIO.

 

 

INTERVIENEN 

 

Ambas partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose mutuamente capacidad legal bastante para obligarse en los términos del presente

 

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SOLAR

Y, a tal efecto

 

EXPONEN 

 

I. Que el ARRENDADOR es titular del 100 % del dominio de la siguiente finca:

URBANA.-SOLAR, en la de la calle [CALLE] nº [NUMERO], de [SITUACION]. 

Título.-La finca fue adquirida por compraventa en escritura autorizada por el Notario de [COLEGIO_NOTARIO], D./Dña. [NOMBRE_NOTARIO], en fecha [FECHA]. 

Inscripción.-Registro de la Propiedad nº [NUMERO] de [NUMERO], Tomo [NUMERO], Libro [NUMERO], Folio [NUMERO], Finca [CONCEPTO]. 

II. Que el ARRENDADOR declara bajo su personal responsabilidad que la finca objeto de arriendo se encuentra libre de cargas, gravámenes y arrendamientos.

III. Que es intención del ARRENDADOR dar en arrendamiento el referido solar, e intención del ARRENDATARIO arrendarlo, por lo que suscriben las siguientes

 

CLÁUSULAS

 

Primera. Objeto

El presente contrato tiene por objeto el arrendamiento del solar descrito en el expositivo que antecede.

A este respecto el ARRENDADOR, propietario del mismo, lo da en arriendo al ARRENDATARIO quien lo arrienda, en atención a la totalidad de pactos que se reflejan en el presente contrato.

 

 

Segunda. Duración

Se establece una duración de [NÚMERO] años, quedando por tanto resuelto en fecha [FECHA]

El ARRENDATARIO deberá devolver la posesión del solar a la ARRENDATARIA, o a sus representantes, en un plazo no superior a [NÚMERO] días desde que se produzca la efectiva terminación del contrato.

 

Tercera. Prórroga

Ambas partes conciertan la posibilidad de prorrogar la duración de contrato por períodos anuales sucesivos hasta un máximo de [NÚMERO] años, siendo la fecha límite de la relación arrendaticia, prórrogas incluidas, el [FECHA]

Para que se proceda a la referida prórroga, bastará que el ARRENDATARIO se lo notifique al ARRENDADOR con al menos un mes de antelación a la finalización del contrato, por los cauces de notificación que se incluyen en el presente contrato.

 

Cuarta. Del terreno

El terreno objeto de arrendamiento ha sido calificado de suelo urbanizable, teniendo la condición de solar, y quedando sujeto al haz de derechos y deberes impuestos por la legislación urbanística y por el planeamiento vigente.

 

 

Quinta. Destino

Manifiesta el ARRENDATARIO, que el solar objeto de este contrato será destinado única y exclusivamente a [DESCRIPCION], siendo causa de resolución contractual la variación de dicho destino sin autorización escrita del ARRENDADOR.

El ARRENDATARIO está obligado a conservar el solar en condiciones de salubridad, seguridad y ornato público quedando sujeto al cumplimiento de las normas sobre protección del medio ambiente y de los patrimonios arquitectónicos y arqueológicos y sobre rehabilitación urbana. 

La parte arrendataria declara conocer la calificación urbanística del terreno arrendado, por lo que exonera, expresamente a la parte ARRENDADORA de cualquier reclamación o indemnización por el supuesto de que, por las autoridades administrativas competentes se denegasen, revocasen o no concediesen los permisos, licencias o autorizaciones necesarias.

En todo caso, será de cuenta de la parte ARRENDATARIA la obtención de los permisos o licencias administrativas necesarias para el desarrollo de su actividad.

El ARRENDATARIO está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias a fin de conservar el solar en estado de servir al uso a que se destina. 

 

Sexta. De la renta

La renta será de [CANTIDAD EN LETRA] Euros mensuales ([CANTIDAD EN NÚMERO] €/mes), dicha cuantía será incrementada con el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente.(2)

Del pago de la renta

Queda el ARRENDATARIO obligado a abonar por anticipado y dentro de los [NUMERO] primeros días de cada mes cada mensualidad, en la cuenta [NUMERO].

Por efectuarse dicho cobro por adeudo directo, el ARRENDATARIO se obliga al pago de cualquier gasto o canon que por tal gestión o en su caso devolución se establezca por la entidad bancaria. 

De la revisión de la renta

Ambas partes acuerdan que la renta se actualizará cada año según el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, a partir de los [NÚMERO] primeros años del contrato, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado. 

 

Séptima. Interés de demora.

La renta, cantidades asimiladas y demás conceptos incluidos en los recibos de alquiler, devengarán un interés de demora de tres puntos porcentuales por encima del que, en cada momento, sea el interés legal del dinero. El interés de demora se devengará desde el día en que fuese exigible el recibo de alquiler. 

 

Octava. Fianza.

El ARRENDATARIO hace entrega en este acto al ARRENDADOR de [CANTIDAD] euros en concepto de fianza.

Transcurridos [NUMERO] años de vigencia del contrato la fianza se actualizará anualmente, acomodándola al importe de la renta que se perciba en la equivalencia de dos mensualidades. 

La devolución de la fianza se efectuará al ARRENDATARIO siempre y cuando se halle al corriente del pago de todas las obligaciones derivadas del presente contrato. La existencia de esta fianza no servirá nunca de pretexto para retrasar el pago de la renta.

Esta cantidad queda sujeta a cubrir las posibles responsabilidades en que pueda incurrir el ARRENDATARIO con el ARRENDADOR por deterioros que se produzcan en el inmueble, salvo los que hayan podido acaecer como consecuencia del uso normal, impago de rentas o cualquier otra causa derivada de la relación arrendaticia que establece en el presente contrato. 

La actualización de la fianza durante el período de tiempo en que el plazo pactado para el Arrendamiento exceda de [NUMERO] años, se regirá por lo estipulado al efecto por las partes. A falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza.

 

 

Novena. Daños.

La ARRENDATARIA se hace directa y exclusivamente responsable de cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas, y sean consecuencia directa o indirecta del negocio instalado, del mal uso del mismo, y de la actuación de sus empleados, eximiendo de toda responsabilidad a la Propiedad y al administrador por dichas causas. 

 

Décima. Tanteo y retracto

La parte arrendataria renuncia expresamente en este acto al ejercicio del derecho de tanteo y retracto correspondiente a las posibles transmisiones que se hagan del solar objeto de este arrendamiento.

Si bien el adquirente se subrogará en la posición del ARRENDADOR, hasta la fecha de conclusión del contrato. 

 

Undécima. Normativa de aplicación

Que el presente contrato queda excluido del régimen de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos.

En consecuencia, se regirá por lo estipulado en este contrato y, supletoriamente y en lo no previsto, por el Código Civil.

 

Duodécima. Inscripción.

Cualquiera de las partes podrá solicitar a su costa la inscripción del arrendamiento en el Registro de la Propiedad. 

Y en prueba de conformidad los contratantes firman por duplicado el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados. 

 

Decimotercera. Compromiso de mediación y cláusula arbitral.

Para la solución de cualquier controversia derivada de la interpretación de este contrato, las partes se comprometen a intentar la mediación y la resolución de sus discrepancias a través del Centro de Mediación de [ESPECIFICAR], y en caso de no conseguirlo, se someterán al arbitraje institucional del Tribunal Arbitral del Ilustre Colegio de [ESPECIFICAR] de [PROVINCIA], al que se le encomienda la designación del árbitro o árbitros y la administración del arbitraje, de acuerdo con la legislación vigente.

 

Decimocuarta. Notificaciones

Los firmantes acuerdan como medio de comunicación preferente el correo electrónico, conociendo y asumiendo las partes bajo su responsabilidad, que el correo electrónico puede presentar fallo o vulnerabilidades, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros medios.

 

- El ARRENDADOR señala como dirección de comunicación electrónica: [ESPECIFICAR].

 

- EL ARRENDATARIO señala que su correo electrónico a estos efectos es [ESPECIFICAR].

 

 

 

Y para que conste y surta los efectos oportunos, firman ARRENDADOR y ARRENDATARIO el presente contrato que consta de [NUMERO] folios, y que se suscribe en cada hoja de los dos ejemplares idénticos que se otorgan mutuamente en el lugar y fecha del encabezamiento. 

 

EL ARRENDADOR                     EL ARRENDATARIO

 

 

 

(1) Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante 365/2016 de 21 de septiembre"(...)nos encontramos ante un contrato de arrendamiento de solar, sometido a las disposiciones del Código Civil, que se caracteriza porque el ARRENDADOR, en el momento de concertarse el contrato, cede el uso de un terreno o solar, no de una construcción habitable, con independencia de que posteriormente el ARRENDATARIO realice sobre dicho terreno obras para adaptarlo a sus necesidades, e incluso levante edificaciones, supuesto abordado en las sentencia del Tribunal Supremo de 3 de mayo de 1990 y 22 de diciembre de 1983 entre otras. También comparte la Sala la inaplicabilidad al supuesto que nos ocupa de la legislación protectora de los consumidores.
Debemos partir, por tanto, de la completa libertad de pacto que es aplicable a este tipo de contratación(...)"

(2) Ver art. 20. 23 ª ley del IVA

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Ley de arrendamientos urbanos y legislación complementaria
Novedad

Ley de arrendamientos urbanos y legislación complementaria

Editorial Colex, S.L.

8.50€

7.65€

+ Información

Comentarios a la Ley de arrendamientos urbanos
Disponible

Comentarios a la Ley de arrendamientos urbanos

Daniel Loscertales Fuertes

21.25€

20.19€

+ Información

Arrendamientos urbanos y turísticos. Paso a Paso
Disponible

Arrendamientos urbanos y turísticos. Paso a Paso

V.V.A.A

15.30€

14.54€

+ Información

Regulación del arrendamiento para uso distinto de vivienda
Disponible

Regulación del arrendamiento para uso distinto de vivienda

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información