Última revisión
04/04/2025
Contrato de arrendamiento de vivienda de protección oficial
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Tiempo de lectura: 13 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 04/04/2025
Hay que tener en cuenta la regulación de las viviendas de protección oficial (VPO) de cada comunidad autónoma, ya que un comportamiento en contra de las directrices que establecen puede dar lugar a la expropiación del inmueble.
La legislación autonómica suele establecer un plazo determinado (10-20 años) en el que no se puede disponer de la vivienda ni por compraventa ni por alquiler, ya que dejaría de hacer la función social a la que van destinadas.
A TENER EN CUENTA. El presente modelo contiene la cláusula de medios adecuados de solución de controversias exigidos por la LO 1/2025, de 2 de enero, en vigor a partir del 03/04/2025.
En [LOCALIDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, don/doña [NOMBRE PARTE ARRENDADORA], mayor de edad, con DNI [NÚMERO] y domicilio en [DOMICILIO PARTE ARRENDADORA], (en lo sucesivo, la PARTE ARRENDADORA) y, de otra parte, don/doña [NOMBRE PARTE ARRENDATARIA] mayor de edad, con DNI [NÚMERO] y domicilio en [DOMICILIO PARTE ARRENDATARIA], en (lo sucesivo, la PARTE ARRENDATARIA).
INTERVI...
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