Contrato de arrendamiento de vivienda, según el RD-Ley 21/2018, de 14 diciembre ...hasta el 23/01/2019)
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Contrato de arrendamiento...3/01/2019)

Última revisión
22/02/2019

Contrato de arrendamiento de vivienda, según el RD-Ley 21/2018, de 14 diciembre (en vigor desde el 19/12/2018 hasta el 23/01/2019)

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Orden: civil

Fecha última revisión: 22/02/2019

Resumen:

Modelo de contrato de arrendamiento de vivienda a los efectos del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, siguiendo la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos modificada por el mismo.

Este formulario solo será válido para aquellos arrendamientos suscritos entre los períodos del 19.12.2018 hasta el 23.01.2019.

El RD-ley no fue convalidado por el Congreso de los Diputados por Resolución de 22 de enero de 2019, publicada en el BOE del 24/01/2019.


En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]

 

REUNIDOS

 

De una parte,

Don/ Doña [NOMBRE], con DNI [NÚMERO], mayor de edad, con domicilio en Ciudad [CIUDAD], C/ [CALLE], con teléfono [NÚMERO] en adelante la parte ARRENDADORA.

Y de otra,

Don/ Doña [NOMBRE] con DNI [NÚMERO] y Don/ Doña [NOMBRE] con DNI [NÚMERO] mayores de edad, ambos con domicilio en [CIUDAD], C/ [CALLE], teléfonos [NÚMERO] y [NÚMERO], en adelante la parte ARRENDATARIA.

 

INTERVIENEN

Ambas partes en nombre propio, acreditando su identidad por los documentos indicados; se reconocen mutuamente capacidad y legitimación para celebrar el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA y, al efecto

 

EXPONEN

1º) Que la parte ARRENDADORA es dueña en pleno dominio del inmueble destinado a vivienda señalado como [SITUACION] de la casa sita en el número [NUMERO] de la C/ [CALLE] de [CIUDAD].

2º) Que el presente contrato no es de adhesión y ha sido pactado por ambas partes de forma expresa y detallada, sin suscripción general del mismo, sino previa negociación particular de las diferentes cláusulas

3º) Que las partes, Arrendadores y Arrendatarias, tienen convenido el arrendamiento del citado inmueble lo cual, por medio del presente documento, formalizan y llevan a efecto con sujeción a las siguientes

 

CLÁUSULAS

Primera Objeto del contrato.

A tenor del Artículo 2 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos (desde ahora LAU) se trata del arrendamiento de una vivienda.

En dicho arrendamiento se comprende de forma conjunta e indivisible la vivienda reseñada y el uso y disfrute de los servicios comunes del edificio.

El arrendamiento es global y su extinción conjunta y total.

La vivienda se encuentra dotada del mobiliario que se detalla en el Anexo I de este contrato.

La vivienda y su mobiliario es propiedad de la parte ARRENDADORA y deberá ser devuelta, a la finalización del presente contrato, en igual estado de conservación y limpieza con que lo reciben, salvo el desgaste normal y apropiado del mismo, para lo cual invocamos el artículo 1561 del Código Civil.

 

Segunda De la parte arrendataria.

El arrendamiento de la vivienda objeto del presente contrato se realiza de forma solidaria por la parte arrendataria y que, de igual forma, responden individual y solidariamente de todas y cada una de las obligaciones y gozan de los mismos derechos que posteriormente se citan, así como de aquellos que, de acuerdo a la LAU, las sean aplicables.

La parte arrendataria declara conocer las características de la vivienda y del mobiliario que la comprende y la recibe en perfecto estado de conservación.

 

Tercera Cesión del contrato y subarriendo.

La vivienda arrendada ha de ser destinada única y exclusivamente a domicilio y hogar permanente de la parte arrendataria, sin que quepa destinarla a cualquier otro uso o destino.

El presente contrato no se podrá ceder por la parte arrendataria sin el consentimiento escrito de la parte ARRENDADORA.

En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente a la parte ARRENDADORA.

La vivienda arrendada solo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador.

La convivencia de cualquier persona en la vivienda, excepto el cónyuge o pareja de hecho e hijos del arrendatario, requerirá la autorización expresa del arrendador.

El incumplimiento de esta condición, será motivo suficiente para resolver el contrato, por subarriendo no consentido, e instar el desahucio

 

Cuarta Duración del Contrato

La duración del presente contrato se pacta por un período de

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