Última revisión
01/01/2023
Contrato de compraventa de patente de invención (transmisión de la titularidad plena)
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
El siguiente modelo sirve al propósito de transmitir, mediante contrato de compraventa, la propiedad plena de una patente de invención, con todos los derechos que confiere a su titular (por ejemplo, el uso del «know-how», etc.) de tal manera que el comprador pueda explotar la patente de forma integral y exclusiva.
La patente, que figura regulada en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (LP), es el título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva una determinada invención, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin el consentimiento del titular. Pero el derecho otorgado por una patente no incluye sólo esto, sino que, sobre todo y singularmente, confiere el derecho a excluir a terceros de la fabricación, venta y utilización del producto o procedimiento patentado. Como dispone el art. 58 LP, la duración de la Patente es de veinte años a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Para mantenerla en vigor es preciso pagar tasas anuales a partir de su concesión.
Por su parte, el art. 59 LP describe las prohibiciones a la explotación de la invención por parte de un tercero sin consentimiento del titular de la patente, entre las que se encuentran:
«a) La fabricación, el ofrecimiento para la venta, la introducción en el comercio o la utilización de un producto objeto de la patente o la importación o posesión del mismo para alguno de los fines mencionados.
b) La utilización de un procedimiento objeto de la patente o el ofrecimiento de dicha utilización, cuando el tercero sabe, o las circunstancias hacen evidente que la utilización del procedimiento está prohibida sin el consentimiento del titular de la patente.
c) El ofrecimiento para la venta, la introducción en el comercio o la utilización del producto directamente obtenido por el procedimiento objeto de la patente o la importación o posesión de dicho producto para alguno de los fines mencionados.»
Asimismo, el art. 60 LP determina que la patente confiere igualmente a su titular el derecho a impedir que sin su consentimiento cualquier tercero entregue u ofrezca entregar medios para la puesta en práctica de la invención patentada relativos a un elemento esencial de la misma a personas no habilitadas para explotarla, cuando el tercero sabe o las circunstancias hacen evidente que tales medios son aptos para la puesta en práctica de la invención y están destinados a ella.
Por último, en virtud del 41 LP, la concesión de la patente se anunciará en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», poniendo a disposición del público los documentos obrantes en el expediente de la patente concedida.
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE PATENTE DE INVENCIÓN DE TITULARIDAD PLENA
En [LOCALIDAD], a [FECHA].
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. n.º [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
DE LA OTRA.- D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. n.º [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
INTERVIENEN
- El/La primero/a en nombre y representació...
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