Última revisión
Contrato de constitución de servidumbre de acueducto. Acequia
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 23/05/2019
Resumen:
Las servidumbres en materia de aguas se regulan en los artículos
"Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que, naturalmente y sin obra del hombre, descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso.
Ni el dueño del predio inferior puede hacer obras que impidan esta servidumbre, ni el del superior obras que la graven."
También en los artículos
En [LUGAR] a [FECHA]
REUNIDOS
De una parte, D./D.ª [NOMBRE CLIENTE] mayor de edad, vecino/a de [LOCALIDAD] con domicilio en [DOMICILIO CLIENTE] , con DNI núm. [NÚMERO DNI CLIENTE]
Y de otra, D./D.ª …
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